Cómo comunicar la apertura de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid

Actualizado a julio de 2026. Si vas a empezar una obra en la Comunidad de Madrid, la comunicación de apertura del centro de trabajo se presenta ante el IRSST, exclusivamente por vía telemática y antes de que entre el primer operario. El formulario tiene nombre propio: el modelo 2354F1, el famoso «Anexo II». Aquí tienes los datos exactos del trámite madrileño; el marco general (quién está obligado, plazos, las 17 comunidades) lo encontrarás en la guía completa de la comunicación de apertura de centro de trabajo.

Respuesta rápida: en Madrid, la apertura por obra de construcción se comunica al IRSST con el modelo 2354F1 «Anexo II», solo por vía telemática, antes de iniciar los trabajos y sin coste. Enlace directo: ficha oficial del trámite en la sede de la Comunidad de Madrid.

Dónde se presenta la apertura de centro de trabajo en Madrid

Esta es la ficha del trámite madrileño para obras, con los datos comprobados en la sede electrónica el 17 de julio de 2026. Los nombres de consejerías cambian con cada reestructuración, así que quédate con el organismo técnico (IRSST) y con el enlace oficial.

DatoComunidad de Madrid
OrganismoIRSST — Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo)
TrámiteApertura de centro de trabajo: obras de construcción (sede electrónica)
Modelo oficial2354F1 — «ANEXO II» (Orden 2674/2010 de la Comunidad de Madrid)
CanalSolo telemático (certificado digital admitido por la Comunidad de Madrid)
PlazoAntes del inicio de los trabajos (Orden TIN/1071/2010, art. 2.2)
Documentación en obrasPlan de Seguridad y Salud + acta de aprobación; si la obra no tiene proyecto, evaluación de riesgos de los trabajos
TasaGratuito (así consta en la ficha oficial)

El matiz del «Anexo II»: si has llegado hasta aquí buscando «apertura centro de trabajo Madrid Anexo II», no es ninguna norma misteriosa. Es que el impreso oficial 2354F1 se titula, literalmente, «ANEXO II»: así lo bautizó la Orden 2674/2010 de la Comunidad de Madrid. Anexo II = el formulario de obras de construcción. Nada más.

Ojo, porque Madrid separa dos trámites. Para un centro de trabajo que no es una obra (una nave, una oficina, un taller) se usa el modelo 341F1 («Anexo I») dentro de la comunicación general de apertura de centros de trabajo, con la regla estatal de plazo: previa al inicio o dentro de los 30 días siguientes (Orden TIN/1071/2010, art. 2.1). Para obras, en cambio, el 2354F1 es siempre previo y solo telemático.

Paso a paso del trámite madrileño

La presentación no tiene pérdida si llegas con los deberes hechos. El flujo real del canal telemático:

  1. Prepara el certificado digital. El registro es exclusivamente electrónico: necesitas un certificado admitido por la Comunidad de Madrid a nombre de la empresa o de su representante.
  2. Reúne la documentación. Con proyecto de obra: el Plan de Seguridad y Salud y su acta de aprobación. Sin proyecto: la evaluación de riesgos específica de los trabajos.
  3. Entra en la ficha del trámite en la sede electrónica y pulsa la opción de tramitación electrónica.
  4. Rellena el modelo 2354F1 (Anexo II): datos de la empresa contratista, ubicación de la obra, actividad, plantilla prevista y fechas.
  5. Adjunta la documentación, firma y registra. Descarga y guarda el justificante de registro: es tu prueba ante una visita de Inspección.
  6. Expón una copia en la obra, en lugar visible, y actualiza la comunicación si cambian datos relevantes durante la ejecución.

No hay tasa que pagar ni resolución que esperar: es una comunicación, no una autorización. Presentas, guardas el justificante y a trabajar.

Si es una obra de construcción

En obras, la regla estatal endurece el plazo: la comunicación es siempre previa al inicio, sin el margen de 30 días del régimen general (Orden TIN/1071/2010, art. 2.2). Y el matiz que las sedes no explican: la presenta cada contratista, una por cada obra. Las subcontratas no presentan nada. El promotor solo está obligado cuando contrata directamente a trabajadores autónomos sin asalariados a su cargo.

Si en un pliego o en una web antigua te piden el «aviso previo», que no cunda el pánico: ese trámite ya no existe, fue suprimido por el Real Decreto 337/2010 y quedó integrado en esta comunicación de apertura. En Madrid, el 2354F1 lo cubre todo.

Preguntas frecuentes en Madrid

¿Qué es el «Anexo II» de la apertura de centro de trabajo en Madrid?

Es el título que figura en el propio formulario: el impreso oficial 2354F1 de la Comunidad de Madrid se llama literalmente «ANEXO II» (procede de la Orden 2674/2010). Es el modelo específico para comunicar la apertura de centros de trabajo en obras de construcción. Para centros que no son obras se usa el Anexo I (modelo 341F1).

¿Puedo presentar la apertura en papel en Madrid?

No. Para obras de construcción el trámite madrileño es exclusivamente telemático: se presenta con certificado digital a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

¿Cuánto cuesta comunicar la apertura en Madrid?

Nada. El trámite es gratuito: la ficha oficial no contempla tasa alguna. Además, al ser una comunicación y no una autorización, no tienes que esperar respuesta de la administración para empezar (siempre que la presentes antes del inicio de los trabajos).

¿Quién presenta la apertura en una obra: el promotor o el contratista?

Cada contratista, y una comunicación por cada obra. Las subcontratas no la presentan. El promotor solo debe hacerlo cuando contrata directamente a autónomos sin trabajadores a su cargo, según la Orden TIN/1071/2010.

Apertura en otras comunidades

El trámite cambia de organismo, modelo y canal en cuanto cruzas el límite autonómico. Si trabajas en varias comunidades, mira cómo se presenta la apertura de centro de trabajo en Andalucía (procedimiento 6514, con formulario renovado en 2024) y el trámite catalán de apertura paso a paso (trámite 5480, con declaración responsable en lugar de adjuntar el plan). Para el resto, la tabla del trámite por comunidad autónoma recoge organismo, canal y enlace oficial de las 17.

¿Cambia el modelo o el trámite en Madrid?

Los formularios autonómicos se renuevan sin avisar. Te escribimos cuando el 2354F1 o el canal de presentación cambien.

Avisadme de cambios

Esta página es información orientativa elaborada por la Redacción de Obrania y no sustituye al criterio de la administración. Antes de presentar, verifica los datos en la ficha oficial del trámite de la Comunidad de Madrid.

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