
En la construcción no hay un solo convenio: hay dos capas. Arriba, el VII Convenio General del Sector de la Construcción, estatal, que fija las reglas comunes para toda España. Abajo, el convenio de tu provincia (o de tu comunidad, según el caso), que es el que pone las cifras: las tablas salariales, las dietas y el calendario laboral. Para saber lo que tienes que pagar o cobrar en 2026 necesitas los dos, y sobre todo el de abajo. El problema es que ese piso de abajo no está en ningún sitio junto. Cada provincia publica lo suyo en su boletín, con su fecha, su porcentaje y su formato. Esta página junta las 52 en una sola tabla: qué subida recoge el boletín de cada una para 2026, si sus tablas son definitivas o todavía no, de qué ámbito es el convenio y dónde se publicó. Desde ahí bajas a la ficha completa de la provincia que te interese.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026.
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Comparativa: el convenio de construcción de las 52 provincias en 2026
Lee la tabla por columnas, que cada una responde a una pregunta distinta. Ámbito del convenio te dice quién negocia. La mayoría son convenios provinciales, pero no todos: en Madrid, Asturias, Cantabria, La Rioja, Murcia, Navarra y Baleares el convenio es autonómico, y también lo son los de Ceuta y Melilla. No es una rareza: son comunidades uniprovinciales y ciudades autónomas, y el propio convenio estatal contempla ese nivel cuando su artículo 11.c) habla de «Convenios Colectivos Provinciales o, en su caso, de Comunidad Autónoma». El País Vasco va por su cuenta: no negocia por comunidad, sino por territorio histórico, así que Álava, Bizkaia y Gipuzkoa tienen cada uno el suyo. Subida es el porcentaje que se aplicó a las tablas de 2025 para obtener las de 2026. Verás mucho 3 %, que es el que acordó la Comisión Negociadora del convenio estatal el 4 de noviembre de 2025 y que se publicó en el BOE de 10 de diciembre de 2025; muchas comisiones provinciales lo trasladan citándolo expresamente. Pero no des por hecho que el tuyo lo sigue: en Salamanca el acuerdo es del 3,25 % (3 % a tablas más 0,25 % al plan de pensiones), en Bizkaia del 3,4 % por la fórmula ligada al IPC de su artículo 25, en Gipuzkoa del 2,90 % por el mismo motivo, y en Navarra lo publicado no es una subida de 2026 sino un 1,25 % con efectos de 1 de enero de 2025. Ojo también con un matiz que se repite en muchas provincias: hay convenios que además del incremento de tablas pactan un 0,25 % extra que no va al salario, sino a la aportación de la empresa al plan de pensiones. Ese cuarto de punto no lo cobra el trabajador en nómina. Hay además provincias cuyo boletín no imprime ningún porcentaje: publica las tablas y punto. Ocurre en Barcelona, Ceuta, Ávila y Segovia. En esos casos lo que vale son los importes publicados, no un porcentaje deducido. Tablas 2026 es la columna que más te va a condicionar el trabajo del mes. Distingue entre definitivas, provisionales y no publicadas, y lo explicamos abajo con detalle. Boletín oficial es el enlace a la fuente: si vas a discutir una nómina o a preparar una oferta, cita ese anuncio y no esta página.
Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.
Qué fija el convenio estatal y qué fija el de tu provincia
Es la confusión más común del sector, y viene de que ambos textos se llaman «convenio de la construcción». El reparto lo hace el propio VII Convenio General del Sector de la Construcción, y lo hace de forma bastante tajante. Su artículo 12.1.b) enumera las materias que no se pueden negociar en ámbitos inferiores, reservadas en exclusiva a la negociación estatal. Ahí están, entre otras, la contratación, la subcontratación, la subrogación, las condiciones generales de prestación del trabajo, la acreditación de la formación y la Tarjeta Profesional de la Construcción (artículos 154 a 166), las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo (artículos 167 a 239) y el Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector (artículo 240). Si buscas la clasificación profesional, la TPC o qué formación en prevención necesita un puesto, la respuesta está en el texto estatal del BOE, no en el boletín de tu provincia. Y al revés: el artículo 12.4 lista lo que sí es materia provincial (o autonómica). Lo más importante para el día a día está en la letra b), «la concreción cuantitativa de las percepciones económicas no cuantificadas numérica o porcentualmente en el presente Convenio» — es decir, los euros: tablas salariales, dietas, pluses. Y en la letra c), «la distribución de la jornada anual de trabajo efectivo y su regulación en cuanto a horarios y calendarios», que es tu calendario laboral. También el periodo de prueba y el desarrollo del régimen disciplinario. Regla práctica para no perder tiempo: si es una cifra en euros o una fecha del calendario, mira tu provincia; si es una regla, mira el estatal.
El mapa no es uniforme: provincial, autonómico y territorio histórico
Mucha gente da por hecho que hay 52 convenios provinciales calcados en los que solo cambia el número. No es así, y conviene saberlo antes de ponerse a buscar. Hay comunidades donde el convenio no es provincial sino autonómico, sencillamente porque la comunidad tiene una sola provincia: Madrid, Asturias, Cantabria, La Rioja, Murcia, Navarra y Baleares. Ceuta y Melilla funcionan igual, como ciudades autónomas. En estos casos, buscar «convenio provincial de Madrid» no te lleva a nada: el texto se llama de otra manera. El País Vasco es el caso más particular: no negocia por comunidad, sino por territorio histórico. Álava, Bizkaia y Gipuzkoa tienen convenio propio, con su articulado y su propia mecánica de revisión, y se publican en sus boletines forales. Y esa mecánica no es decorativa: el convenio de Bizkaia liga la subida al IPC estatal más medio punto (artículo 25), y el de Gipuzkoa la liga directamente al IPC del año anterior (artículo 20), con la cautela de que si el IPC saliera negativo se aplicaría un cero. Por eso sus porcentajes de 2026 —3,4 % y 2,90 %— no coinciden con el 3 % que verás en tantas filas: no es que se hayan desmarcado, es que aplican otra fórmula. Álava sí sube un 3 %, pero por una vía distinta: sus tablas de 2026 venían ya cerradas como anexo del propio convenio, sin necesidad de un acuerdo posterior de revisión. Esa falta de uniformidad es justo la razón por la que esta comparativa existe. Cada convenio se negocia y se publica en su propio boletín, y aunque el Ministerio de Trabajo mantiene un registro central de convenios colectivos (REGCON) donde puedes consultarlos uno a uno, no encontrarás allí las 52 puestas en fila para compararlas.
Busca por comunidad autónoma
Si no tienes claro cuál te toca, empieza por tu comunidad. En estas diez conviven varios convenios provinciales a la vez, y cada página te dice cuántos son y cuál se aplica según dónde esté la obra. En las uniprovinciales —Asturias, Cantabria, Baleares, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja— hay un único convenio para todo el territorio, así que la ficha de la provincia ya es la de la comunidad.
Cómo leer una tabla salarial sin equivocarte
Tres cosas te pueden desviar el cálculo, y las tres son fáciles de evitar. La periodicidad. No todas las tablas están en las mismas unidades. Unas dan el salario base mensual, otras el importe por día, otras el precio de la hora efectiva de trabajo, y casi todas añaden un total anual. En algunas provincias la tabla trae varias columnas a la vez y hay que saber cuál estás mirando. Antes de multiplicar por doce, lee el encabezado: hay convenios que publican el total anual incluyendo las pagas extraordinarias y otros que publican precios/hora advirtiendo expresamente que las pagas y las vacaciones no están incluidas. Confundir una cosa con otra te descuadra la nómina entera. Los conceptos. La cifra grande casi nunca es una sola cosa. Lo habitual es que la tabla desglose salario base, complemento de convenio y algún plus extrasalarial, y que la suma dé el total mes. El plus extrasalarial no se trata igual que el salario, así que no lo metas en el mismo saco. Aparte suelen ir las dietas, el precio de la hora extraordinaria y, en muchos convenios, la aportación de la empresa al plan de pensiones, que es coste de empresa y no salario del trabajador. La categoría. Manda la que consta en el contrato y su nivel en la tabla, no cómo se llame el puesto en la obra. El que en la obra es «el encargado» puede estar contratado como oficial de primera, y lo que se paga es lo del nivel que figura. La clasificación profesional viene del convenio estatal y es común a todas las provincias: si la denominación de tu tabla provincial te suena rara, contrástala con los grupos del texto del BOE.
Definitivas, provisionales o sin publicar: qué significa para la nómina de este mes
La columna «Tablas 2026» no es un detalle burocrático. Cambia lo que tienes que hacer. Definitivas. Es el caso más frecuente con diferencia: 44 de las 52. Las tablas están firmadas, inscritas y publicadas en el boletín: aplicas esos importes y no hay más que hablar. Provisionales. Están publicadas y son aplicables ya, pero la comisión que las firmó las marca como provisionales a la espera de un cierre posterior. Es lo que ocurre en Barcelona, Toledo y Albacete. Qué hacer: aplicarlas, porque son lo vigente, contando con que puede venir una revisión. Si la definitiva sube, tocará abonar atrasos desde la fecha de efectos. Provisiónalo. No publicadas. No hay tablas salariales generales de 2026 en el boletín. Pasa en Navarra, Melilla y Cádiz. Qué hacer: sigues aplicando las tablas vigentes del año anterior y anotas que habrá atrasos cuando se publiquen las nuevas. Cuidado con Cádiz, que es un caso mixto: no tiene tablas generales de 2026, pero sí ha publicado cuantías de 2026 para colectivos concretos —maquinistas y operadores de grúa torre—, que no pueden extrapolarse al resto de niveles. Y lo que no puedes hacer en ningún caso es adelantarte y aplicar un porcentaje que solo esté en una nota de prensa o en un preacuerdo sindical: mientras no esté en el boletín, no es exigible. Hay además un cuarto caso, que la tabla recoge tal cual: convenios cuyas tablas se publican sin calificación expresa, sin decir si son definitivas o provisionales. Ocurre en Badajoz y en Segovia. Son tablas aprobadas y en vigor; simplemente el anuncio no usa ninguna de las dos etiquetas. ¿Y por qué a mitad de año todavía faltan provincias? Porque el circuito es largo. La comisión negociadora tiene que reunirse y firmar el acta, la autoridad laboral tiene que inscribir y depositar el acuerdo, y el boletín tiene que publicarlo. Cualquier discrepancia en la negociación, o un error material detectado después, para el reloj. Por eso los efectos suelen fijarse con retroactividad a 1 de enero: se cobra tarde, pero se cobra desde el principio del año.
El convenio que te aplica es el del lugar de la obra
Es la duda práctica que más se repite, y tiene respuesta expresa en el convenio estatal. El artículo 13 del VII Convenio General resuelve la concurrencia entre convenios de distinto ámbito con tres principios, y el tercero, el principio de territorialidad, dice literalmente: «será de aplicación el convenio provincial o, en su caso, autonómico, vigente en el lugar de prestación efectiva de los servicios». Traducido a obra: manda dónde se trabaja, no dónde está el domicilio social de la empresa ni dónde se firmó el contrato. Una empresa con sede en Valladolid que ejecuta una obra en Palencia paga a esos trabajadores según el convenio de Palencia mientras dure esa prestación. Y una empresa con tres obras en tres provincias distintas puede estar aplicando tres tablas salariales a la vez. Es incómodo de gestionar, pero es lo que dice la norma. De ahí que esta comparativa te sirva aunque trabajes casi siempre en la misma zona: en cuanto cruzas un límite provincial, cambia la tabla, cambian las dietas y cambia el calendario.
¿Hasta cuándo te valen estos datos?
Las tablas salariales se renuevan cada año natural, así que las cifras de esta página son las de 2026 y dejarán de servirte en enero. Pero dentro del propio 2026 también se mueven: una provincia con tablas provisionales puede publicar las definitivas en cualquier momento, y una que hoy figura sin tablas puede publicarlas mañana, normalmente con efectos retroactivos a 1 de enero. Cada ficha se ha contrastado contra el boletín original y lleva indicada la fecha de esa comprobación. Si estás cerrando una nómina o un presupuesto, entra en la ficha de tu provincia y mira esa fecha antes de usar el dato.
El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.
Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto suben los salarios de la construcción en 2026?
Depende de la provincia. El incremento más extendido es el 3 % sobre las tablas de 2025, que es el que acordó la Comisión Negociadora del convenio estatal el 4 de noviembre de 2025 (publicado en el BOE de 10 de diciembre de 2025). Pero hay convenios que van por otra vía: Salamanca pactó un 3,25 % total (3 % a tablas y 0,25 % al plan de pensiones), Bizkaia un 3,4 % y Gipuzkoa un 2,90 %, ambos por fórmulas ligadas al IPC. Y en algunas provincias el boletín publica las tablas sin enunciar porcentaje alguno. Mira la columna «Subida» de tu provincia en la tabla.
¿Qué diferencia hay entre el convenio general de la construcción y el convenio provincial?
El VII Convenio General del Sector de la Construcción es estatal y fija las reglas: clasificación profesional, contratación, subcontratación, seguridad y salud (artículos 167 a 239) y la Tarjeta Profesional de la Construcción (artículos 154 a 166). Su artículo 12.1.b) reserva esas materias en exclusiva al ámbito estatal. El convenio provincial o autonómico pone las cifras: tablas salariales, dietas y calendario laboral, conforme al artículo 12.4. Los dos se aplican a la vez.
Mi empresa está en una provincia y la obra en otra. ¿Qué convenio aplico?
El de la obra. El artículo 13.c) del VII Convenio General establece el principio de territorialidad: «será de aplicación el convenio provincial o, en su caso, autonómico, vigente en el lugar de prestación efectiva de los servicios». El domicilio de la empresa es irrelevante a estos efectos. Si tienes obras en varias provincias, aplicarás tablas distintas en cada una.
Mi provincia no tiene publicadas las tablas de 2026. ¿Qué hago con la nómina?
Sigues aplicando las tablas vigentes del año anterior, que son las que están publicadas, y provisionas los atrasos. Cuando salgan las de 2026 lo habitual es que se fijen con efectos retroactivos a 1 de enero, y entonces abonas la diferencia. No apliques por adelantado un porcentaje que solo esté en una nota de prensa o en un preacuerdo: mientras no esté publicado, no es exigible.
¿Qué significa que las tablas de mi provincia sean «provisionales»?
Que están publicadas y son de aplicación inmediata, pero la comisión que las firmó las dejó marcadas a la espera de un cierre posterior. Las aplicas con normalidad, pero conviene provisionar por si la versión definitiva recoge importes mayores, en cuyo caso habría que abonar atrasos desde la fecha de efectos.
¿Por qué no todas las provincias tienen convenio provincial?
Porque en las comunidades uniprovinciales el convenio se negocia a nivel autonómico: es el caso de Madrid, Asturias, Cantabria, La Rioja, Murcia, Navarra y Baleares, además de Ceuta y Melilla como ciudades autónomas. El propio convenio estatal contempla ese nivel en su artículo 11.c). El País Vasco es distinto: negocia por territorio histórico, con convenios separados para Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
Fuentes y comprobación: VII Convenio colectivo general del sector de la construcción — texto publicado en el BOE (BOE-A-2023-19903) · Resolución de 6 de septiembre de 2023, BOE núm. 228 de 23-9-2023 (PDF) · Acuerdo de modificación del VII CGSC, Resolución de 24 de noviembre de 2025, BOE de 10-12-2025 (BOE-A-2025-25234) · REGCON — Registro y depósito de convenios colectivos (Ministerio de Trabajo)