Convenio de la construcción de Castellón 2026: tablas salariales, dietas y calendario

TU CONVENIO · CASTELLÓN · 2026

En Castellón la misma acta publica dos tablas paralelas: la de construcción, de niveles II a XII, y la de Mármoles y Piedras, que llega hasta el nivel XIV.

La subida pactada para 2026 es del 3,00 %, y ya no es una previsión: la tabla salió publicada en el BOP nº 2, de 3 de enero de 2026, junto al calendario laboral y a las aportaciones al plan de pensiones. Conviene saber una cosa antes de bajar a la rejilla: aquí el acta no publica una tabla, sino dos, porque al lado de la de construcción va la de Mármoles y Piedras, con niveles y estructura propios. Debajo tienes la ficha, las tablas, las dietas y los diez días no laborables del año, tal y como salen del boletín.

Datos comprobados el 19 de julio de 2026.

Tablas salariales 2026 de la construcción

Las tablas de 2026 son definitivas: están inscritas y publicadas, no son un adelanto pendiente de firma. Dentro de la propia tabla van impresas dos casillas, un incremento del 3,00 % y una aportación al plan de pensiones del 0,25 %. Dos avisos antes de usarlas. El primero, que el acta las introduce con la salvedad «(s.e.u.o.)», salvo error u omisión. El segundo, que no las reconstruyas multiplicando las de 2025 por 1,03: el acta fija como base de cálculo las tablas de 2024, y por ahí el resultado se te va a torcer. Los importes de abajo están copiados de la tabla oficial, no calculados. Ten en cuenta además que el boletín rotula las columnas sin decir si los importes son diarios o mensuales.

Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.

NivelCategoría profesionalImportes 2026Periodicidad
IITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 57,11 | Plus de asistencia 15,17 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 2.853,54 | Paga de vacaciones 2.853,54 | Hora extraordinaria 22,08 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 30,16 | Salario anual 33.462,87 | Aportación al plan de pensiones 725,1457,11 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
IIITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 46,64 | Plus de asistencia 14,41 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 2.404,65 | Paga de vacaciones 2.404,65 | Hora extraordinaria 17,20 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 23,49 | Salario anual 28.444,24 | Aportación al plan de pensiones 614,9946,64 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
IVTABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 45,55 | Plus de asistencia 14,19 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 2.353,57 | Paga de vacaciones 2.353,57 | Hora extraordinaria 16,63 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 22,71 | Salario anual 27.878,53 | Aportación al plan de pensiones 602,1045,55 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
VTABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 42,23 | Plus de asistencia 13,72 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 2.205,78 | Paga de vacaciones 2.205,78 | Hora extraordinaria 15,55 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 21,26 | Salario anual 26.222,30 | Aportación al plan de pensiones 566,2042,23 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
VITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 38,12 | Plus de asistencia 13,61 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 2.036,25 | Paga de vacaciones 2.036,25 | Hora extraordinaria 15,12 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 20,65 | Salario anual 24.311,98 | Aportación al plan de pensiones 524,2638,12 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
VIITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 37,40 | Plus de asistencia 12,76 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 1.978,75 | Paga de vacaciones 1.978,75 | Hora extraordinaria 14,74 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 20,14 | Salario anual 23.713,88 | Aportación al plan de pensiones 511,1337,40 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
VIIITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 36,76 | Plus de asistencia 11,60 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 1.915,16 | Paga de vacaciones 1.915,16 | Hora extraordinaria 14,37 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 19,65 | Salario anual 23.058,83 | Aportación al plan de pensiones 496,7436,76 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
IXTABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 34,26 | Plus de asistencia 10,69 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 1.783,94 | Paga de vacaciones 1.783,94 | Hora extraordinaria 13,77 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 18,81 | Salario anual 21.627,14 | Aportación al plan de pensiones 467,1734,26 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
XTABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 34,15 | Plus de asistencia 9,47 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 1.741,12 | Paga de vacaciones 1.741,12 | Hora extraordinaria 13,45 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 18,38 | Salario anual 21.196,92 | Aportación al plan de pensiones 455,9034,15 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
XITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 34,15 | Plus de asistencia 7,72 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 1.685,09 | Paga de vacaciones 1.685,09 | Hora extraordinaria 13,42 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 18,33 | Salario anual 20.649,38 | Aportación al plan de pensiones 443,8834,15 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
XIITABLAS SALARIALES 2026 CONSTRUCCIÓN CASTELLÓN — Salario base 34,15 | Plus de asistencia 6,90 | Plus de actividad 7,06 | Plus de transporte 4,37 | Paga extra junio y Navidad 1.658,19 | Paga de vacaciones 1.658,19 | Hora extraordinaria 13,42 | Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos 18,33 | Salario anual 20.389,70 | Aportación al plan de pensiones 438,1734,15 € (salario base)salario base y pluses: por día; pagas y salario anual: importe anual según tabla
II (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 1.911,23; plus de transporte 113,29; total 2.024,51. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 2.625,59 cada una; salario anual 30.146,44; aportación al plan de pensiones 648,22.1.911,23 € (salario base)niveles II a V: importes de salario base, plus transporte y TOTAL de cuantía mensual; pagas y salario anual anuales
III (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 1.748,73; plus de transporte 113,29; total 1.862,02. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 2.356,32 cada una; salario anual 27.551,14; aportación al plan de pensiones 591,26.1.748,73 € (salario base)niveles II a V: importes de salario base, plus transporte y TOTAL de cuantía mensual; pagas y salario anual anuales
IV (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 1.723,34; plus de transporte 113,29; total 1.836,62. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 2.322,16 cada una; salario anual 27.169,34; aportación al plan de pensiones 582,88.1.723,34 € (salario base)niveles II a V: importes de salario base, plus transporte y TOTAL de cuantía mensual; pagas y salario anual anuales
V (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 1.616,68; plus de transporte 113,29; total 1.729,97. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 2.178,18 cada una; salario anual 25.564,21; aportación al plan de pensiones 547,64.1.616,68 € (salario base)niveles II a V: importes de salario base, plus transporte y TOTAL de cuantía mensual; pagas y salario anual anuales
VI (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 48,76; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.970,61 cada una; salario anual 23.244,90; aportación al plan de pensiones 499,41.48,76 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
VII (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 47,43; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.917,10 cada una; salario anual 22.638,61; aportación al plan de pensiones 486,11.47,43 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
VIII (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 45,76; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.850,34 cada una; salario anual 21.878,32; aportación al plan de pensiones 469,42.45,76 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
IX (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 42,95; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.734,96 cada una; salario anual 20.589,05; aportación al plan de pensiones 441,13.42,95 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
X (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 41,59; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.678,67 cada una; salario anual 19.967,01; aportación al plan de pensiones 427,47.41,59 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
XI (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 40,46; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.619,60 cada una; salario anual 19.410,34; aportación al plan de pensiones 415,26.40,46 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
XII (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 40,09; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 1.597,36 cada una; salario anual 19.218,37; aportación al plan de pensiones 411,05.40,09 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
XIII (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 33,19; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 879,49 cada una; salario anual 14.754,79; aportación al plan de pensiones 313,07.33,19 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
XIV (Mármoles y Piedras)Mármoles y piedras. Anexo I: salario base 33,19; plus de transporte 4,60; sin total en la tabla oficial. Anexo II: pagas de junio y Navidad y vacaciones, 879,49 cada una; salario anual 14.754,79; aportación al plan de pensiones 313,07 (la tabla oficial repite los importes del nivel XIII).33,19 € (salario base)niveles VI a XIV: salario base y plus transporte de cuantía diaria; pagas y salario anual anuales
II a XII (Anexo III Mármoles y Piedras)ANEXO III — DESGASTE HERRAMIENTAS (tabla propia de Mármoles y Piedras, por niveles): II 44,62 | III 41,16 | IV 40,62 | V 38,37 | VI 35,50 | VII 34,66 | VIII 33,56 | IX 31,75 | X 30,86 | XI 29,90 | XII 29,57de 44,62 € (nivel II) a 29,57 € (nivel XII)la tabla oficial no indica literalmente la periodicidad
Tabla Antigüedad (Mármoles y Piedras)TABLA ANTIGÜEDAD — pares coeficiente/importe tal cual figuran: 0,05 → 0,62 | 0,10 → 1,23 | 0,16 → 2,00 | 0,22 → 2,74 | 0,28 → 3,48 | 0,34 → 4,23 | 0,40 → 4,98 | 0,46 → 5,73 | 0,52 → 6,49 | 0,58 → 7,23 | 0,60 → 7,48de 0,62 € a 7,48 €la tabla oficial no indica literalmente la periodicidad ni el significado de la columna izquierda
Tabla salarial Castellón 2026 — 26 categorías, transcritas del boletín oficial.

Avísame cuando salgan las tablas de 2027 en Castellón

Suelen publicarse en el boletín oficial entre diciembre y abril. Te avisamos por email cuando salgan las de Castellón.

Dietas, kilometraje y plus de transporte

El bloque extrasalarial de la tabla de construcción trae cuatro líneas: dieta, media dieta, kilometraje y desgaste de herramienta. El acta precisa que los cuatro se han incrementado en los mismos términos que los conceptos salariales. La dieta completa queda en 59,73 € y la media dieta en 13,57 €. El plus de transporte, 4,37 €, es el mismo para todos los niveles II a XII: no hay escalón por categoría. Ojo si tu obra va por el bloque de Mármoles y Piedras, porque allí el plus de transporte tiene importe propio, mensual para los niveles II a V y diario para los VI a XIV, y el desgaste de herramienta no es una línea única, sino una tabla desglosada nivel a nivel.

ConceptoImporte 2026
Dieta completa59,73 € (tabla 2026 de construcción; en 2025 era 57,99 €)
Media dieta13,57 € (tabla 2026)
Plus de distancia / transportePlus de transporte: 4,37 € por día e igual para todos los niveles II a XII de la tabla de construcción (4,24 € en 2025). Kilometraje: 0,35 €. En la tabla de Mármoles y Piedras el plus de transporte es 113,29 € (mensual, niveles II a V) y 4,60 € (diario, niveles VI a XIV).

El bloque de conceptos extrasalariales de la tabla de construcción 2026 recoge literalmente cuatro líneas: Dieta 59,73 | Media Dieta 13,57 | Kilometraje 0,35 | Desgaste herramienta 0,51. Los cuatro conceptos equivalentes de la tabla de 2025, publicada en el mismo acta, son: Dieta 57,99 | Media Dieta 13,18 | Kilometraje 0,34 | Desgaste herramienta 0,49. Ambas series están transcritas de las tablas oficiales, no calculadas. La tabla de Mármoles y Piedras lleva su propio bloque, con tres líneas: DIETA 59,73 | MEDIA DIETA 13,57 | KILOMETRAJE 0,35 (el desgaste de herramientas de Mármoles va aparte, por niveles, en el Anexo III). El acta precisa que dieta, media dieta, kilometraje y desgaste de herramienta se han incrementado en los mismos términos que los conceptos salariales.

Calendario laboral 2026: 1.736 horas y diez días no laborables

La jornada anual máxima para 2026 es de 1.736 horas, en aplicación del convenio estatal, y el acta hace las cuentas sobre jornadas de ocho horas diarias. Para cuadrar ese tope fija diez días no laborables, que se suman a los festivos nacionales, autonómicos y locales. Léelos sabiendo dos cosas. La primera, que el acuerdo es indicativo: solo se aplica si la empresa no establece su propio calendario por acuerdo entre las partes, y ese calendario de empresa tiene que quedar expuesto en lugar visible del centro de trabajo. La segunda, que si en tu localidad un festivo local cae en sábado, el acta manda pactar ese día con la empresa.

Concepto2026
Jornada anual1.736 horas. Lo fija el acta: «La jornada anual máxima será de 1.736 horas para el año 2.026, en aplicación del Convenio Nacional del Sector de la Construcción».
Fiestas propias del sectorEl acta no denomina «fiestas propias del sector» a ningún día; lo que aprueba son los diez días no laborables citados, que se suman a los festivos nacionales, autonómicos y locales. Condiciones que el propio acta hace constar: (a) que la única norma obligatoria es respetar el horario de la jornada máxima anual; (b) que dentro de ese límite las empresas, con sujeción al art. 34 del Estatuto de los Trabajadores, pueden elaborar su propio calendario laboral, que debe quedar expuesto en lugar visible de cada centro de trabajo; (c) que el acuerdo de la Comisión, en lo referente al calendario laboral, sólo tiene carácter indicativo y es aplicable para el supuesto de que la empresa, por acuerdo entre las partes, no establezca su propio calendario; (d) que si el Convenio Nacional del Sector de la Construcción variase la jornada anual máxima para 2026, se realizará una revisión del calendario para su adaptación; (e) que «si en alguna localidad coincide un festivo local en sábado, lo cual supondría un día de exceso más, habría que pactar ese día con la empresa».
Jornada intensivaEl acta del calendario laboral 2026 no establece jornada intensiva ni jornada de verano. Lo que fija es una relación de días no laborables para asegurar el cumplimiento de la jornada máxima anual: 2 y 5 de enero; 20 de marzo; 2 de abril; 7, 24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre. El acta añade expresamente que el calendario se refiere a jornadas de 8 horas diarias.

Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.

Dos tablas en la misma acta: construcción y Mármoles y Piedras

Lo que separa a Castellón de la rejilla habitual es que el acta provincial no publica una tabla salarial, sino dos en paralelo. Junto a la de construcción, con niveles del II al XII, van unas tablas de Mármoles y Piedras que llegan hasta el XIV, repartidas en un Anexo I de salario base y transporte y un Anexo II de pagas y salario anual. Dentro conviven además dos regímenes: los niveles II a V llevan importes de cuantía mensual, con la columna TOTAL cumplimentada; los VI a XIV, importes de cuantía diaria y esa casilla vacía en el boletín. El bloque arrastra dos anexos que la tabla general no tiene: una tabla de antigüedad con once pares de coeficiente e importe, y un desgaste de herramientas desglosado nivel a nivel, frente a la línea única de 0,51 € de la tabla de construcción. En la práctica, en una nómina de Castellón lo primero que se decide no es el nivel, sino la tabla.

Qué pone el convenio estatal y qué pone el de Castellón

El reparto es bastante limpio. El convenio estatal de la construcción —el VII Convenio General del Sector de la Construcción— es el que fija la clasificación profesional por niveles, la formación obligatoria, la seguridad y salud y el marco de la Tarjeta Profesional de la Construcción. Ese armazón no se negocia en Castellón. Lo provincial es el dinero y el tiempo: las tablas salariales, las dietas y el calendario laboral del año. La conexión entre ambos está escrita en la propia acta de Castellón, que toma del estatal la jornada anual máxima de 1.736 horas, remite la actualización de las tablas al acuerdo de la comisión negociadora del VII Convenio General de 4 de noviembre de 2025 y las aportaciones al plan de pensiones a su libro III.

El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. El artículo 7.2 establece que el convenio general continuará aplicándose hasta que otro lo sustituya, tanto en su contenido normativo como obligacional. Esa fecha no extingue automáticamente las condiciones ni permite deducir las tablas de 2027. Para salarios y calendario, consulta además los acuerdos del ámbito provincial o autonómico correspondiente. Fuente: artículo 7 del VII Convenio General (BOE). Aclaración revisada el 28 de septiembre de 2026.

Lo que a día de hoy no está publicado

Aquí es donde tocaría rellenar huecos con lo que suele hacerse en el sector, y no lo vamos a hacer. Hay cosas que el boletín de Castellón sencillamente no dice, y las declaramos: no hay jornada intensiva ni jornada de verano en el acta del calendario 2026, ninguno de los diez días no laborables está bautizado como festivo propio del sector, y el texto articulado del convenio provincial —el anterior, en ultraactividad mientras negocia la nueva mesa— no está verificado contra el BOP, de modo que no afirmamos nada sobre artículos concretos de dietas, horas extraordinarias o desplazamientos. Esta es la lista completa de lo que falta:

  • Jornada intensiva de verano: el convenio no la fija. El acta del calendario laboral de 2026, publicada en el BOP nº 2 de 3-1-2026, no menciona ni jornada intensiva ni jornada de verano: solo la jornada anual máxima de 1.736 horas, los diez días no laborables y jornadas de 8 horas diarias.
  • Si los importes son diarios o mensuales: la tabla oficial de 2026 rotula las columnas como salario base, plus de asistencia, plus de actividad y plus de transporte, pero no dice si se pagan por día o por mes. Los damos como diarios, y conviene que lo tomes con esa cautela.
  • A qué bloque pertenece el segundo grupo de dietas: la dieta de 59,73, la media dieta de 13,57 y el kilometraje de 0,35 figuran al pie de la página. Los hemos colocado en mármoles y piedras por su posición en la maquetación, no porque el boletín lo diga expresamente.
  • No calcules la tabla de 2026 aplicando el 1,03 sobre la de 2025: no cuadra en el salario base de los niveles X, XI y XII, ni en la media dieta, ni en el desgaste de herramienta. El acta parte de las tablas de 2024. Coge siempre los importes de la tabla oficial de 2026.

Hay otros puntos más técnicos que tampoco hemos podido comprobar. Están al final de la página, en «Documentos, código del convenio y alcance de la revisión».

Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.

Documentos, código del convenio y alcance de la revisión

La ficha del convenio, en corto

El convenio que se aplica es el Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para las Industrias de Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la provincia de Castellón, código 12000525011973. Lo que está publicado y vigente para 2026 no es un texto articulado nuevo, sino el Acta nº 1/2025, de 26 de noviembre de 2025, que aprueba calendario, tablas y aportaciones al plan de pensiones. Se inscribió el 23 de diciembre y se publicó en el BOP nº 2, de 3 de enero de 2026, anuncio 05992-2025. Hay un detalle que explica el resto de la página: el primer acuerdo de esa acta no es económico, sino constituir la comisión negociadora del nuevo convenio provincial. A cierre de 2025 la mesa se acababa de sentar.

DatoCastellón
Convenio aplicableConvenio Colectivo Provincial de Trabajo para las Industrias de Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares de la provincia de Castellón
Ámbitoprovincial
Código de convenio12000525011973
Publicado enBoletín Oficial de la Provincia de Castellón (BOP Castellón), nº 2, de 2026-01-03
VigenciaEl acta publicada no incluye el texto del convenio provincial: su primer acuerdo es constituir la Comisión Negociadora del nuevo convenio, que a finales de 2025 acababa de formarse. Sigue como referencia el articulado anterior, cuya vigencia no hemos podido comprobar en el BOP. Para 2026 sí están publicados el calendario laboral, las tablas salariales y las aportaciones al plan de pensiones del Acta nº 1/2025, de 26 de noviembre de 2025. El acta se remite al convenio estatal del sector para la jornada anual máxima y la actualización de las tablas.
Estado de las tablas 2026Definitivas. El acta las presenta, igual que las de 2025, con la salvedad «(s.e.u.o.)», es decir, salvo error u omisión.
Subida pactada3,00 % en las tablas y 0,25 % de aportación al plan de pensiones, según las casillas impresas en la tabla de 2026 (en 2025 fueron 3,50 % y 0,50 %). Según el acta, los conceptos salariales y extrasalariales de 2025 y 2026 (dieta, media dieta, kilometraje y desgaste de herramienta) se calculan «tomando las tablas vigentes durante el año 2024 como base», actualizadas conforme al acta de la 24ª reunión de la Comisión Negociadora del VII Convenio General, de 4 de noviembre de 2025. Las aportaciones al plan de pensiones siguen el libro III del VII Convenio General. Por eso algunos importes de 2026 difieren en un céntimo de lo que saldría al aplicar un 3 % a la tabla de 2025: el salario base de los niveles X, XI y XII es de 34,15 €, la media dieta de 13,57 € y el desgaste de herramienta de 0,51 €. Todos los importes de esta ficha están copiados de la tabla oficial.
RetroactividadEl acta establece retroactividad EXPRESA sólo respecto de 2025: «Los incrementos salariales se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2.025. Las diferencias resultantes se abonarán dentro del mes siguiente al de la publicación de este acta en el boletín oficial de la provincia». Para 2026 no consta cláusula expresa de retroactividad en el texto: las tablas de 2026 se publicaron el 3 de enero de 2026, por lo que su aplicación desde el 1 de enero de 2026 no plantea diferencias atrasadas.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Castellón (BOP Castellón).

Otros puntos que no hemos podido comprobar

  • Fiestas propias del sector: el acta no señala ningún día como festivo sectorial. Por eso te damos los diez días no laborables tal y como los fija el boletín, sin llamarlos festivos del sector.
  • Antigüedad y desgaste de herramientas (mármoles y piedras): la tabla oficial no indica cada cuánto se abonan esos importes ni explica qué son los coeficientes de la izquierda, de 0,05 a 0,60. Los reproducimos tal cual, sin interpretarlos. Pregunta en tu empresa cómo los está aplicando.
  • Texto del convenio provincial: no hemos podido comprobar en el BOP el articulado que sigue vigente, el de 2018-2021, prorrogado en ultraactividad. Por eso no afirmamos nada sobre artículos concretos de dietas, jornada, horas extraordinarias o desplazamientos. Para eso, consulta el boletín o pregunta en tu convenio.
  • Enlace directo al anuncio: el BOP de Castellón no publica una ficha web para cada anuncio. Lo único oficial es el PDF y el buscador del boletín, así que no podemos enlazarte a una página concreta de la publicación.
  • Descuadre de 0,01 € en los totales de mármoles: en el nivel II la tabla imprime un total de 2.024,51, mientras que 1.911,23 y 113,29 dan 2.024,52; en el nivel IV imprime 1.836,62 frente a 1.836,63. El descuadre es del boletín, que se publica con la salvedad de salvo error u omisión. No lo corregimos.
  • Ojo si consultas el PDF del boletín: en la página 3 el encabezado anuncia las tablas de 2026, pero la tabla que aparece justo debajo es la de 2025. La de 2026, con el incremento del 3,00 %, está en la página 4. Guíate por el rótulo impreso dentro de la tabla, no por el encabezado.
  • Boletines posteriores: no hemos localizado nada publicado en el BOP de Castellón después del 3-1-2026 que cambie estos datos, aunque su buscador no admite consulta automática y no podemos darlo por exhaustivo (comprobado a 19-07-2026). La condición que el acta fija para revisar el calendario, que el convenio estatal tocase la jornada anual de 2026, no se ha cumplido.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se aplica la subida? ¿Hay atrasos?

Las tablas de 2026 se publicaron el 3 de enero de 2026 y rigen desde el 1 de enero, así que no generan diferencias atrasadas. Los atrasos que reconoce el acta son los de 2025: ahí sí hay cláusula expresa de retroactividad al 1 de enero de 2025, con abono de las diferencias dentro del mes siguiente a la publicación del acta en el BOP. Para 2026 no consta cláusula de retroactividad, sencillamente porque no hacía falta.

¿Qué festivos propios tiene el sector en Castellón?

El acta de Castellón no califica ningún día como festivo propio del sector. Lo que aprueba son diez días no laborables para asegurar el cumplimiento de las 1.736 horas: 2 y 5 de enero, 20 de marzo, 2 de abril y seis en diciembre (7, 24, 28, 29, 30 y 31), con lo que la última semana del año queda prácticamente cerrada de obra. Se suman a los festivos nacionales, autonómicos y locales, pero recuerda que el acuerdo es solo indicativo.

¿Qué pasa cuando venza el VII Convenio General el 31-12-2026?

El acta de Castellón no regula ese escenario, así que no lo inventamos. Lo que sí deja escrito es qué depende del estatal: la jornada anual máxima de 1.736 horas y el método de actualización de las tablas. Y prevé una revisión del calendario provincial solo si el convenio estatal variase esa jornada de 2026, algo que no ha ocurrido. En paralelo, la mesa negociadora del nuevo convenio de Castellón está constituida desde noviembre de 2025.

¿Cuánto cobra un peón de la construcción en Castellón en 2026?

La tabla de Castellón no usa nombres de oficio: va por niveles, del II al XII. Los tres más bajos, X, XI y XII, comparten el mismo salario base de tabla, 34,15 €, y se diferencian por el plus de asistencia, de modo que el salario anual publicado va de 20.389,70 € a 21.196,92 € según el nivel. A eso se suman el plus de actividad y el plus de transporte. Si la adscripción es a Mármoles y Piedras, la tabla aplicable es la otra.

Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5

Responsable editorial: Alberto Gallardo

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