TU CONVENIO · NAVARRA · 2026
Las tablas salariales de construcción de Navarra para 2026 ya están publicadas. El texto íntegro corregido del BON de 17 de septiembre recoge una subida del 3 % sobre las tablas de 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026, y una jornada anual de 1.728 horas. Aquí puedes consultar los importes por categoría, las dietas y las reglas del calendario laboral.
Revisión de tablas y texto oficial: 26 de septiembre de 2026. Fuente: BON nº 185, Resolución 154C/2026.
Tablas salariales de construcción de Navarra 2026
Importes brutos en euros, transcritos del anexo I de 2026. La primera tabla separa los conceptos del cuadro mensual y el total anual; la segunda recoge las pagas y la retribución de vacaciones. Conservamos los totales y redondeos del BON, aunque la suma de alguna fila difiera en un céntimo. El total anual no se obtiene multiplicando el total mes por doce.
En móvil puedes desplazar las tablas horizontalmente. El nivel VI aparece como «Delinante 1.ª» en el anexo oficial; se conserva esa denominación en la transcripción.
| Nivel y categoría | Salario base | Complemento convenio | Plus extrasalarial | Total mes | Total anual |
|---|---|---|---|---|---|
| II Titulado Superior | 2.841,46 | 751,42 | 88,58 | 3.681,47 | 54.554,78 |
| III Titulado Medio | 2.331,77 | 631,37 | 88,58 | 3.051,72 | 45.221,63 |
| IV Encargado General | 2.257,80 | 612,97 | 88,58 | 2.959,35 | 43.886,15 |
| V Jefe Admón. 2.ª | 2.025,43 | 554,73 | 88,58 | 2.668,73 | 39.573,07 |
| VI Delinante 1.ª | 1.737,50 | 483,82 | 88,58 | 2.309,90 | 34.244,89 |
| VII Capataz | 1.706,21 | 480,78 | 88,58 | 2.275,57 | 33.728,23 |
| VIII Oficial 1.ª | 1.668,32 | 484,30 | 88,58 | 2.241,20 | 33.211,30 |
| IX Oficial 2.ª | 1.467,65 | 441,30 | 88,58 | 1.997,54 | 29.589,75 |
| X Especialista | 1.381,63 | 427,00 | 88,58 | 1.897,22 | 28.094,96 |
| XI Peón Especializado | 1.358,10 | 429,49 | 88,58 | 1.876,18 | 27.777,05 |
| XII Peón Ordinario | 1.310,56 | 423,03 | 88,58 | 1.822,18 | 26.970,93 |
| XIII Aspirante Admón. | 931,64 | 301,13 | 88,58 | 1.321,35 | 19.559,55 |
| XIV Aprendices: | |||||
| De 16 y 17 años: primer año | 807,21 | 242,71 | 88,58 | 1.138,51 | 16.712,91 |
| De 16 y 17 años: segundo año | 880,59 | 264,78 | 88,58 | 1.233,96 | 18.143,67 |
| De 18 a 21 años: primer año | 953,96 | 286,85 | 88,58 | 1.329,41 | 19.574,43 |
| De 18 a 21 años: segundo año | 1.027,35 | 308,91 | 88,58 | 1.424,86 | 21.005,20 |
| Nivel y categoría | Julio (anexo) | Navidad | Vacaciones |
|---|---|---|---|
| II Titulado Superior | 4.686,23 | 4.686,23 | 4.686,23 |
| III Titulado Medio | 3.884,24 | 3.884,24 | 3.884,24 |
| IV Encargado General | 3.777,74 | 3.777,74 | 3.777,75 |
| V Jefe Admón. 2.ª | 3.405,68 | 3.405,68 | 3.405,68 |
| VI Delinante 1.ª | 2.945,34 | 2.945,34 | 2.945,33 |
| VII Capataz | 2.898,98 | 2.898,98 | 2.898,99 |
| VIII Oficial 1.ª | 2.852,69 | 2.852,69 | 2.852,70 |
| IX Oficial 2.ª | 2.538,96 | 2.538,96 | 2.538,96 |
| X Especialista | 2.408,50 | 2.408,50 | 2.408,50 |
| XI Peón Especializado | 2.379,68 | 2.379,68 | 2.379,68 |
| XII Peón Ordinario | 2.308,99 | 2.308,99 | 2.308,99 |
| XIII Aspirante Admón. | 1.674,90 | 1.674,88 | 1.674,88 |
| XIV Aprendices: | |||
| De 16 y 17 años: primer año | 1.396,42 | 1.396,42 | 1.396,42 |
| De 16 y 17 años: segundo año | 1.523,37 | 1.523,37 | 1.523,37 |
| De 18 a 21 años: primer año | 1.650,32 | 1.650,31 | 1.650,31 |
| De 18 a 21 años: segundo año | 1.777,28 | 1.777,28 | 1.777,28 |
Cuándo se pagan las extras: el anexo denomina «Julio» a una de sus columnas, pero el artículo 21 ordena abonar las dos gratificaciones en junio y diciembre, antes de los días 30 y 20, respectivamente. Conservamos el encabezado del anexo y distinguimos el plazo de pago. Los artículos 21 y 22 regulan su devengo y proporcionalidad.
El plus extrasalarial figura como 88,58 euros en el cuadro mensual; el artículo 26 regula su devengo por día efectivo de trabajo. Esa cifra no es un importe por día. El complemento de convenio también está ligado a la jornada normal efectivamente trabajada (art. 23). Para el valor de la hora efectiva y las horas extraordinarias, consulta los cuadros específicos del anexo I del BON.
Dietas y otros importes de 2026
| Concepto | Importe | Condiciones principales |
|---|---|---|
| Dieta completa | 41,53 €/día | Artículo 27 y anexo 2026. Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual. |
| Media dieta | 17,12 €/día | Artículo 27 y anexo 2026. Una comida fuera, pudiendo pernoctar en la residencia habitual. |
| Locomoción | 0,32 €/km | Artículo 28. Con las franquicias y condiciones que se explican a continuación. |
| Desgaste de herramienta | 0,70 €/día trabajado | Artículo 29. Oficiales y ayudantes que aportan las herramientas necesarias cuando la empresa no las proporciona. |
Para las dietas, el artículo 27 exige un desplazamiento a otro término municipal y a un centro situado a 15 km o más tanto del centro de partida como de la residencia habitual. Si la empresa organiza y paga la manutención y el alojamiento en las condiciones del artículo, abona el 20 % de la dieta completa.
Jornada de 1.728 horas y calendario laboral 2026
El artículo 31 fija 1.728 horas anuales de trabajo efectivo. La empresa debe acordar su calendario dentro del primer mes del año con el comité, los delegados o la plantilla, incluyendo días de trabajo, jornada semanal y diaria, vacaciones, descanso semanal y festivos.
Existe un calendario tipo para 2026 en el anexo VI. Según el artículo 31, se aplica a las empresas que no tengan calendario pactado transcurridos 30 días desde la publicación del convenio en el BON. Por tanto, para conocer los días concretos, comprueba primero el calendario acordado en tu empresa y, cuando proceda, el anexo VI oficial.
Consultar el calendario tipo del anexo VI en el BON. La jornada puede distribuirse de forma variable por razones climatológicas, con un máximo de nueve horas ordinarias efectivas al día. Los sábados se contemplan como jornada ordinaria únicamente para las recuperaciones previstas en el artículo 31.
Las vacaciones son de 30 días naturales y deben comenzar en día laborable (art. 34). A falta de acuerdo sobre las fechas, el artículo establece cómo se reparte su elección entre empresa y trabajador. La comunicación de apertura del centro de trabajo es un trámite distinto del calendario laboral.
Convenio publicado, subida y atrasos
| Dato | Referencia |
|---|---|
| Ámbito | Comunidad Foral de Navarra; convenio autonómico de la industria de la construcción y obras públicas. |
| Código | 31002805011981 |
| Publicación actual | BON nº 185, de 17 de septiembre de 2026. Resolución 154C/2026, de 9 de septiembre: publicación íntegra corregida. |
| Vigencia | Hasta el 31 de diciembre de 2026. El artículo 2.2 prevé su continuidad hasta que lo sustituya otro convenio. |
| Tablas 2025 | Incremento del 3,5 % sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2024. Efectos desde el 1 de enero de 2025. |
| Tablas 2026 | Incremento del 3 % sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025. Efectos desde el 1 de enero de 2026. |
La publicación de septiembre sustituye la situación que describía la anterior versión de esta ficha, basada en la revisión de 2025 del BON de mayo. Para comprobar atrasos, compara lo efectivamente abonado con las tablas del año correspondiente del nuevo convenio. La disposición adicional sexta contempla también los atrasos de quienes ya han cesado en la empresa.
Cómo se mide el kilometraje en Navarra
El artículo 28 sitúa el límite del casco urbano a cuatro kilómetros del edificio de la Diputación en Pamplona y del Ayuntamiento en Tudela. En el resto de Navarra, la franquicia es de dos kilómetros desde el Ayuntamiento o Concejo. El plus se devenga a partir de esos límites, no automáticamente desde el domicilio.
Cuando la empresa proporciona transporte de personal, desaparece la obligación de pagar ese devengo, aunque no se utilice. El mismo artículo regula por separado la compensación del exceso de desplazamiento sobre 30 km en cada viaje para quien trabaja en un centro distinto de aquel para el que fue contratado.
Plan de pensiones, convenio estatal y prevención
La aportación empresarial al plan de pensiones es distinta del salario de las tablas anteriores. El artículo 5 y el anexo de contribuciones de 2026 del BON recogen sus importes y la regla de actualización: añadir a la contribución de 2025 el 0,25 % de los conceptos salariales de las tablas de 2025 previstos en el artículo 55 del convenio general.
El convenio general de la construcción contiene el marco estatal; esta ficha reúne las condiciones económicas y de jornada de Navarra. Para revisar la documentación formativa de una persona, consulta cómo comprobar un curso PRL y las acreditaciones TPC/TPM.
Qué revisar para 2027
El convenio publicado regula las tablas de 2025 y 2026. Su artículo 5 incluye una cláusula de garantía vinculada al IPC de ambos años; no permite presentar hoy una cifra estimada como tabla salarial oficial de 2027. El artículo 2.2 prevé que el convenio continúe hasta ser sustituido. Puedes consultar el estado del próximo convenio general y qué revisar para 2027.
Avísame cuando se publiquen nuevas tablas en Navarra
Te avisamos por email cuando el boletín oficial publique las nuevas tablas o el calendario laboral de Navarra.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la antigüedad?
El artículo 24 mantiene los importes consolidados como complemento personal ad personam, sin nuevos incrementos por ese concepto. No debe deducirse su desaparición porque no figure como columna de la tabla general.
¿El convenio de Navarra es provincial o autonómico?
Es autonómico y se aplica en la Comunidad Foral de Navarra. Su código es 31002805011981. La publicación íntegra corregida se encuentra en el BON nº 185 de 17 de septiembre de 2026.
¿Cuántas horas se trabajan al año?
La jornada ordinaria anual es de 1.728 horas de trabajo efectivo, según el artículo 31. La distribución se concreta en el calendario de la empresa y, en las condiciones de ese artículo, en el calendario tipo del anexo VI.
¿Cuánto cobra un oficial de primera en 2026?
La fila del nivel VIII recoge 1.668,32 euros de salario base, 2.241,20 euros de total mes y 33.211,30 euros de total anual. Son importes brutos de la tabla oficial; el salario neto y otros conceptos dependen de cada situación.
Fuente oficial: BON nº 185 de 17 de septiembre de 2026: texto corregido, artículos y anexos del convenio de Navarra. Consultado el 26 de septiembre de 2026.