Convenio colectivo de la construcción en Granada 2026

Tres trabajadores de la construcción en la rehabilitación de un edificio
Calendario y tablas 2026 del sector en Granada: el Corpus del 4 de junio figura como fiesta local y el miércoles 3 y el viernes 5 son días de ajuste de jornada.

La tabla salarial de 2026 sube un 3 %, más un 0,25 % destinado al Plan de Pensiones, según el título literal que le da el propio boletín. Se publicó en el BOP de Granada nº 18, de 29 de enero de 2026, y despliega efectos desde el 1 de enero. Debajo tienes la ficha del convenio, las tablas, las dietas y el calendario. Y una rareza granadina que conviene mirar antes de planificar obra: el sector para cinco días seguidos por el Corpus.

Datos comprobados el 19 de julio de 2026.

Ficha del convenio de construcción de Granada

El convenio que se aplica en las obras de la provincia es el del Sector de la Construcción y Obra Pública para Granada y su Provincia, código 18000115011982. Lo negocian la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Granada con FICA-UGT y el Sindicato Provincial del Hábitat de CCOO, y lo registra la Delegación Territorial de Empleo de la Junta de Andalucía. Su texto articulado tiene vigencia declarada de 2016 a 2022, pero contiene ultraactividad indefinida: sigue rigiendo entero hasta que otro lo sustituya. Sobre ese texto prorrogado se pactan cada año las revisiones salariales y el calendario. La revisión vigente cubre de 2024 a 2026. Estos son los datos de identificación.

DatoGranada
Convenio aplicableConvenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obra Pública para Granada y su Provincia (denominado también «Convenio Colectivo Provincial de Industrias de la Construcción y Obra Pública para Granada y su Provincia»)
ÁmbitoProvincial (Granada). Negociado por la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Granada (ACP Granada) de una parte, y UGT (FICA-UGT Granada) y CCOO (Sindicato Provincial del Hábitat) de otra. Registro y publicación por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Granada. Afecta, según registro de UGT-FICA Andalucía, a unas 2.100 empresas y 14.000 personas trabajadoras.
Código de convenio18000115011982
Publicado enBoletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP Granada), nº 18, de 29/01/2026 (jueves)
VigenciaTexto articulado con vigencia declarada 01/01/2016–31/12/2022 (firmado 27/07/2021, BOP nº 156 de 17/08/2021). El convenio prevé ULTRAACTIVIDAD INDEFINIDA, por lo que continúa rigiendo íntegramente hasta ser sustituido por otro. Sobre ese texto prorrogado se han ido pactando revisiones salariales y calendarios anuales: la revisión salarial vigente cubre 01/01/2024–31/12/2026. Marco superior: VII Convenio General del Sector de la Construcción (código 99005585011900), con vigencia hasta el 31/12/2026, que reserva al ámbito provincial la cuantificación económica, la distribución de jornada y el calendario.
Estado de las tablas 2026Definitivas
Subida pactadaLa tabla lleva por título literal: «TABLA SALARIAL CONSTRUCCIÓN 2026 (3 % + 0,25 % a Plan de Pensiones)». Verificado aritméticamente: los 12 niveles reconcilian exactamente 2025 × 1,03 → 2026 (comprobación al céntimo en los 12 casos; en el nivel III y en la dieta completa el boletín trunca en vez de redondear, diferencia inferior al céntimo). Para referencia, la tabla 2025 se tituló «(3,5 % + 0,5 % a Plan de Pensiones)».
RetroactividadSí. La revisión tiene vigencia declarada desde 01/01/2026 (registro UGT-FICA: vigencia de la revisión 01/01/2024–31/12/2026) y se publica el 29/01/2026, por lo que las tablas 2026 despliegan efectos desde el 1 de enero de 2026. El acta de la Comisión Negociadora de 26/11/2025 dispone además literalmente: «El abono de los atrasos correspondientes a 2025, se realizará en el mes siguiente a la fecha de publicación de este documento, a través del Boletín Oficial de la Provincia. (BOP)». La tabla de 2024 se aprueba como «ajuste» derivado de la cláusula de garantía salarial.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Granada (BOP Granada).

Tablas salariales 2026 de la construcción en Granada

Las tablas de 2026 son definitivas, no provisionales, y llevan por título literal en el boletín «TABLA SALARIAL CONSTRUCCIÓN 2026 (3 % + 0,25 % a Plan de Pensiones)». Tienen efectos desde el 1 de enero de 2026. Un par de avisos para leerlas bien. Los niveles II a V cobran el salario base por meses y los niveles VI a XIII por días: no compares una cifra con otra sin mirar la columna de periodicidad. La tabla sólo rotula con nombre de oficio los niveles VIII a XIII (oficial de 1ª, oficial de 2ª, ayudante, peón especialista, peón ordinario y menor de 18 años); del II al VII figura únicamente el número, y aquí no se lo inventamos. La antigüedad, además, se publica bajo el rótulo expreso de congelación, con los mismos importes que en 2024 y 2025.

Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.

NivelCategoría profesionalImportes 2026Periodicidad
IINivel II — Salario base (la tabla provincial no consigna denominación para los niveles II a VII)2.041,82 €mensual (columna «SALARIO BASE DIA/MES»)
IIINivel III — Salario base1.964,43 €mensual
IVNivel IV — Salario base1.857,76 €mensual
VNivel V — Salario base1.819,59 €mensual
VINivel VI — Salario base54,64 €por día
VIINivel VII — Salario base50,46 €por día
VIIINivel VIII — OF. 1ª (Oficial de 1ª) — Salario base49,54 €por día
IXNivel IX — OF. 2ª (Oficial de 2ª) — Salario base47,87 €por día
XNivel X — Ayudante — Salario base47,10 €por día
XINivel XI — Peón Especialista — Salario base46,96 €por día
XIINivel XII — Peón Ordinario — Salario base46,53 €por día
XIIINivel XIII — Menor de 18 años — Salario base37,29 €por día
IINivel II — TOTAL ANUAL (columna «TOTAL ANUAL» de la tabla oficial)35.052,60 €anual
IIINivel III — TOTAL ANUAL33.878,56 €anual
IVNivel IV — TOTAL ANUAL32.260,36 €anual
VNivel V — TOTAL ANUAL31.681,37 €anual
VINivel VI — TOTAL ANUAL29.213,68 €anual
VIINivel VII — TOTAL ANUAL27.293,36 €anual
VIIINivel VIII (OF. 1ª) — TOTAL ANUAL26.867,56 €anual
IXNivel IX (OF. 2ª) — TOTAL ANUAL26.104,86 €anual
XNivel X (Ayudante) — TOTAL ANUAL25.751,21 €anual
XINivel XI (Peón Especialista) — TOTAL ANUAL25.684,54 €anual
XIINivel XII (Peón Ordinario) — TOTAL ANUAL25.486,70 €anual
XIIINivel XIII (Menor 18 años) — TOTAL ANUAL20.465,74 €anual
II a VPlus de Asistencia (columna «Plus Asistencia DIA-MES»), niveles II, III, IV y V216,68 €mensual
VI a XIIPlus de Asistencia, niveles VI a XII10,84 €por día
XIIIPlus de Asistencia, nivel XIII9,32 €por día
II a VPlus Extrasalarial (columna «Plus Extrasalarial DIA-MES»), niveles II a V128,28 €mensual
VI a XIIPlus Extrasalarial, niveles VI a XII6,40 €por día
XIIIPlus Extrasalarial, nivel XIII4,61 €por día
generalPlus de Asistencia — importe anual consignado al pie de la tabla 20262.352,28 € (nivel 13: 2.022,44 €)anual
generalPlus Extrasalarial — importe anual consignado al pie de la tabla 20261.388,80 € (nivel 13: 1.000,37 €)anual
generalBase de cotización mínima mensual 20262.247,49 €mensual
IIHora extraordinaria 2026 «SIN ANTIGÜEDAD» — Nivel II25,76 €por hora
IIIHora extraordinaria 2026 — Nivel III24,91 €por hora
IVHora extraordinaria 2026 — Nivel IV24,69 €por hora
VHora extraordinaria 2026 — Nivel V23,19 €por hora
VIHora extraordinaria 2026 — Nivel VI21,30 €por hora
VIIHora extraordinaria 2026 — Nivel VII19,85 €por hora
VIIIHora extraordinaria 2026 — Nivel VIII19,54 €por hora
IXHora extraordinaria 2026 — Nivel IX18,96 €por hora
XHora extraordinaria 2026 — Nivel X18,65 €por hora
XIHora extraordinaria 2026 — Nivel XI18,61 €por hora
XIIHora extraordinaria 2026 — Nivel XII18,44 €por hora
XIIIHora extraordinaria 2026 — Nivel XIII14,95 €por hora
IIAntigüedad congelada («TABLA PARA EL CÁLCULO Y CONGELACIÓN DEL CONCEPTO DE ANTIGÜEDAD», Euros/Mes) — Nivel II. IMPORTES IDÉNTICOS EN 2024, 2025 Y 2026653,60 €mensual
IIIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel III629,19 €mensual
IVAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel IV592,91 €mensual
VAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel V577,45 €mensual
VIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel VI536,02 €mensual
VIIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel VII479,16 €mensual
VIIIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel VIII466,44 €mensual
IXAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel IX451,37 €mensual
XAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel X443,22 €mensual
XIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel XI441,00 €mensual
XIIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel XII435,14 €mensual
XIIIAntigüedad congelada, Euros/Mes — Nivel XIII290,77 €mensual
Tabla salarial Granada 2026 — 57 categorías, transcritas del boletín oficial.

Dietas y kilometraje

Las dietas van en el mismo cuadro que los salarios, en las columnas «Completa» y «½», y suben con el resto de conceptos. El kilometraje no. Figura como 0,22 €/km, idéntico en las tablas de 2024, 2025 y 2026: es el concepto que se ha quedado quieto mientras el salario base subía. Si tu plantilla se desplaza mucho, ese es el número que conviene revisar con el comité. Ojo también con dos cosas: el plus extrasalarial es un concepto distinto de la dieta, aunque también sea no salarial, y el boletín consigna un «PLUS GRUISTA» de 10,24 € sin indicar si es diario, mensual o por hora. No lo aclara, así que no lo aclaramos nosotros.

ConceptoImporte 2026
Dieta completa44,13 € (columna «DIETAS — Completa» de la tabla 2026). Serie verificada: 41,40 € en 2024 → 42,85 € en 2025 → 44,13 € en 2026.
Media dieta16,58 € (columna «½» del bloque DIETAS de la tabla 2026). Serie: 15,56 € en 2024 → 16,10 € en 2025 → 16,58 € en 2026.
Plus de distancia / transporteLa tabla oficial no consigna un «plus de distancia» ni un «plus de transporte» con esa denominación. Lo que sí figura es un kilometraje: «Euros/Km» = 0,22 €/km. DATO RELEVANTE: este importe está CONGELADO — figura como 0,22 €/km idéntico en las tablas de 2024, 2025 y 2026, sin la subida del 3 % aplicada al resto de conceptos. Existe además un concepto retributivo propio denominado «PLUS GRUISTA» = 10,24 € en 2026 (9,60 € en 2024; 9,94 € en 2025), que sí sube el 3 %.

El plus extrasalarial (128,28 €/mes niveles II-V; 6,40 €/día niveles VI-XII; 4,61 €/día nivel XIII) es el concepto no salarial de la estructura, distinto de la dieta. La periodicidad del PLUS GRUISTA (10,24 €) NO consta en la tabla oficial: no se publica si es diaria, mensual o por hora. Las columnas relativas al Plan de Pensiones de la tabla no se transcriben aquí por ilegibilidad de sus cabeceras en el PDF (ver lagunas).

Calendario laboral 2026 del sector en Granada

El calendario de 2026 se publicó en el BOP nº 246, de 26 de diciembre de 2025, y se elabora sobre una jornada de 1.736 horas anuales con 21 días laborables de vacaciones y ocho horas de lunes a viernes. Hay jornada continuada pactada del 1 de julio al 30 de agosto de 2026, de 7 a 15 horas como hora máxima; la empresa puede acordar con la representación legal un inicio anterior. En obra pública cabe modificarla si peligran los plazos de ejecución, trasladando el acuerdo a la Autoridad Laboral. El acuerdo remite al Real Decreto-ley 4/2023 por altas temperaturas: hay que atender los avisos de la AEMET. Sobre el bocadillo, el texto se limita a decir que cada empresa mantenga el criterio de años anteriores.

Concepto2026
Jornada anual1.736 horas anuales. Literal del acuerdo: «El calendario laboral del sector de la Construcción ha sido elaborado conforme a la jornada de 1736 horas anuales, contemplándose en consecuencia 21 días laborables de vacaciones. Estableciéndose una jornada de 8 horas de lunes a viernes.»
Fiestas propias del sectorDías laborables por mes: enero 18, febrero 19, marzo 22, abril 19, mayo 20, junio 17, julio 21, agosto 20, septiembre 22, octubre 21, noviembre 20, diciembre 17. — DÍAS DE «AJUSTE DE JORNADA» (fiestas propias del sector, no laborables): lunes 5 de enero; viernes 27 de febrero; miércoles 1 de abril; miércoles 3 de junio; viernes 5 de junio; lunes 20 de julio; martes 21 de julio; viernes 14 de agosto; jueves 24 de diciembre; miércoles 30 de diciembre; jueves 31 de diciembre (11 días). — FESTIVOS: jueves 1 enero Año Nuevo (Nacional); viernes 2 enero DÍA DE LA TOMA (Fiesta Local); martes 6 enero Epifanía del Señor; sábado 28 febrero Día de Andalucía (Autonómica); jueves 2 abril Jueves Santo (Autonómica); viernes 3 abril Viernes Santo (Nacional); viernes 1 mayo Día del Trabajo (Nacional); jueves 4 junio CORPUS CHRISTI (Fiesta Local en Granada); sábado 15 agosto Asunción de la Virgen (Nacional); lunes 12 octubre Fiesta de la Hispanidad (Nacional); lunes 2 noviembre por el día 1, domingo (Todos los Santos); lunes 7 diciembre por el domingo 6 (Constitución Española); martes 8 diciembre Inmaculada Concepción (Nacional); viernes 25 diciembre Natividad del Señor (Nacional). — NOTA LITERAL DEL CALENDARIO: «(*) Las fiestas locales son referidas a Granada capital, a sustituir en cada localidad por las propias. En caso de que dichas fiestas locales coincidan con las fiestas de convenio o de ajuste de jornada, éstas se trasladarán al día de carácter hábil anterior o posterior.»
Jornada intensivaACUERDO DE JORNADA CONTINUADA PARA EL AÑO 2026: jornada continuada de 8 h de lunes a viernes con horario de 7 a 15 horas «como hora máxima», desde el 1 de julio hasta el 30 de agosto de 2026, ambos inclusive. Las empresas pueden acordar con la representación legal de los trabajadores el inicio de la jornada antes del horario fijado. Las empresas que ejecuten infraestructuras de obra pública pueden acordar con la RLT la modificación de la jornada continuada si está motivada por posibles incumplimientos de plazos de ejecución, dando traslado del acuerdo a la Autoridad Laboral. El acuerdo remite además al Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, de medidas urgentes por elevadas temperaturas: las empresas atenderán los avisos de la AEMET y adoptarán medidas de seguridad. Sobre el tiempo de bocadillo, «las empresas aplicarán el criterio que venían manteniendo en los últimos años».

Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.

El puente del Corpus, el Día de la Toma y las tarifas de yesería

Tres rasgos separan a Granada de sus vecinas. El primero es el puente del Corpus: el calendario marca el jueves 4 de junio como Corpus Christi con la etiqueta «Fiesta Local en Granada» y declara no laborables por ajuste de jornada el miércoles 3 y el viernes 5. La obra para de miércoles a domingo, y junio se queda en 17 días laborables. El segundo es el Día de la Toma, el viernes 2 de enero, recogido como fiesta local. Con el lunes 5 de enero como día de ajuste, la primera semana del año queda casi vacía en las obras de la provincia. El tercero es económico: la tabla lleva un anexo llamado «FAENA» con tarifas de destajo para once trabajos de yeso y escayola, con precio por m² en edificación, precio en vivienda unifamiliar y rendimiento diario exigible. En 2026 están congeladas, iguales céntimo a céntimo a las de 2025, mientras el salario base subía el 3 %.

Qué fija el convenio estatal y qué fija el de Granada

El reparto es limpio y conviene tenerlo claro antes de discutir una nómina. el VII Convenio General del Sector de la Construcción fija el marco común de todo el país: la clasificación profesional por niveles, la formación obligatoria, la seguridad y salud y el marco de la tarjeta profesional de la construcción. Ese texto tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo que el convenio general reserva expresamente al ámbito provincial es la cuantificación económica, la distribución de la jornada y el calendario. Por eso los importes que ves en esta página —salario base, plus de asistencia, plus extrasalarial, dietas, horas extraordinarias— y los festivos del Corpus salen del convenio de Granada y del BOP provincial, no del estatal. Un nivel XII es un nivel XII en toda España; lo que cobra en Granada lo dice esta tabla.

El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.

Lo que hoy no está publicado

Preferimos decirte qué no sabemos antes de que lo descubras en una nómina. Esta ficha se ha levantado sobre dos PDF oficiales —las tablas del BOP nº 18 de 2026 y el calendario del BOP nº 246 de 2025—, y el texto articulado del convenio de 2021 no se ha transcrito, así que no publicamos nada sobre el régimen literal de dietas, desplazamientos, contratación o régimen disciplinario propio de Granada. Hay además columnas del cuadro que el PDF devuelve ilegibles y detalles del calendario que el boletín no explica. Esta es la lista completa de lo que falta, sin maquillar:

  • El texto del convenio no lo hemos leído: esta ficha se apoya en los PDF oficiales de tablas (BOP 18/2026) y de calendario (BOP 246/2025). El articulado vigente (BOP nº 156 de 17/08/2021) no lo hemos consultado, así que aquí no vas a encontrar dietas, desplazamientos, antigüedad, contratación, jubilación parcial ni régimen disciplinario de Granada.
  • Plan de pensiones: la tabla salarial trae cuatro columnas sobre el plan de pensiones, pero sus cabeceras salen solapadas e ilegibles en el PDF y no podemos garantizar qué importe corresponde a cada nivel. Por eso no las publicamos. Si te afectan, mira el PDF oficial.
  • Puede haber publicaciones más recientes: el buscador del BOP de Granada exige resolver un captcha y no hemos podido consultarlo directamente. Nos hemos apoyado en el registro de revisiones de UGT-FICA Andalucía y en búsquedas web. No nos consta nada posterior al 29/01/2026, pero no podemos descartarlo del todo.
  • Los niveles II a VII no llevan nombre: la tabla provincial sólo rotula los niveles VIII (oficial de 1ª), IX (oficial de 2ª), X (ayudante), XI (peón especialista), XII (peón ordinario) y XIII (menor de 18 años). Los demás aparecen sólo con su número y no se lo inventamos.
  • Plus de gruista: la tabla lo recoge como «PLUS GRUISTA 10,24», pero no dice si ese importe es por hora, por día o al mes. Sin ese dato no puedes calcularlo, así que confírmalo en el boletín o pregunta en tu empresa.
  • Plus de distancia o transporte: con ese nombre no aparece en la tabla oficial. Lo único que consta es el kilometraje de 0,22 €/km. No hemos verificado si el texto del convenio regula además un plus de distancia aparte.
  • Horas extraordinarias: los importes de 2026 suben más que las tablas base, y no hemos encontrado en el boletín la nota o el acuerdo que explique por qué. Te damos las cifras tal cual vienen publicadas, sin porcentaje ni interpretación por nuestra parte.
  • Los días del calendario y la jornada anual no encajan: los días laborables que declara el calendario mes a mes no cuadran con la jornada anual del convenio, y no hemos localizado la explicación. Publicamos sólo los datos literales: 1.736 h y 21 días laborables de vacaciones.
  • El BOE se contradice sobre el convenio general: la resolución de 30/04/2026 (BOE nº 115, de 12/05/2026) titula el texto como VIII Convenio General de la construcción, pero por dentro se refiere al VII. No sabemos si existe un VIII distinto o es un error de título, así que no afirmamos nada.
  • Antigüedad en euros al día: esa fila trae ocho importes y ninguno lleva rótulo de nivel; su correspondencia sólo se intuye por cómo está maquetada la tabla. Para no adjudicarlos mal, no la publicamos desglosada por nivel. Sí publicamos la fila de euros al mes, donde cada importe va con su nivel.

Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.

Preguntas frecuentes

¿Qué festivos propios tiene el sector en Granada?

Además de los festivos oficiales, el calendario de 2026 declara once días no laborables por «ajuste de jornada»: 5 de enero, 27 de febrero, 1 de abril, 3 y 5 de junio, 20 y 21 de julio, 14 de agosto, y 24, 30 y 31 de diciembre. Los del 3 y el 5 de junio son los que arman el puente del Corpus. El calendario advierte de que las fiestas locales se refieren a Granada capital y que cada localidad sustituye por las suyas.

¿Qué pasa cuando venza el VII Convenio General el 31-12-2026?

El convenio de Granada no decae con él. Su texto articulado prevé ultraactividad indefinida, así que sigue rigiendo íntegramente hasta que otro convenio provincial lo sustituya. Lo que sí se agota a la vez es la revisión salarial vigente, que cubre de 2024 a 2026: a partir de ahí harán falta tablas nuevas. El calendario, en Granada, se pacta y se publica año a año en el BOP.

¿Cuánto cobra un peón de la construcción en Granada en 2026?

El peón ordinario es el nivel XII de la tabla granadina. Su salario base para 2026 es de 46,53 € por día, y la columna «TOTAL ANUAL» del boletín le asigna 25.486,70 €. A ese salario base se le suman el plus de asistencia y el plus extrasalarial, que en los niveles VI a XII también van por día. El peón especialista es el nivel XI, algo por encima. El desglose completo está en la tabla.

¿Cuánto es la dieta completa y la media dieta?

En 2026 la dieta completa es de 44,13 € y la media dieta de 16,58 €, según las columnas «Completa» y «½» de la tabla provincial. Vienen de 42,85 € y 16,10 € en 2025. El kilometraje va aparte y se ha quedado en 0,22 €/km, el mismo importe que en 2024 y en 2025. La tabla oficial de Granada no recoge ningún plus de distancia ni de transporte con esa denominación.

Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5 · fuente 6 · fuente 7

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Redacción de Obrania

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