Convenio de la construcción en Segovia: tablas salariales, dietas y calendario 2026

Calendario del sector en Segovia para 2026: sin jornada intensiva de verano y con 10 Fiestas de Convenio, cinco de ellas concentradas en el cierre de diciembre.

¿Cuánto se cobra en la construcción segoviana este año? Las tablas de 2026 están publicadas en el BOP nº 145, de 3 de diciembre de 2025, y sitúan el salario base del Peón Ordinario en 30,63 euros diarios, con un plus extrasalarial de 3,92 euros por día trabajado. Debajo tienes la tabla entera, nivel por nivel, tal y como la imprime el boletín. Y un aviso que aquí cambia mucho la cuenta: en Segovia no hay jornada intensiva de verano, sino 10 Fiestas de Convenio repartidas por el año.

Datos comprobados el 19 de julio de 2026.

Tablas salariales 2026 del convenio de Segovia

La tabla que viene a continuación es la transcripción de la publicada en el BOP nº 145, de 3 de diciembre de 2025, aprobada por acuerdo de la Comisión Negociadora de 25 de noviembre de 2025. El boletín la publica sin calificarla de provisional ni de definitiva: no aparece ninguno de los dos términos en el anuncio. Léela sabiendo cómo está montada: el salario base, el plus de actividad y el plus extrasalarial van por día; las pagas extra y la de vacaciones, por paga; la remuneración anual total y la aportación al plan de pensiones, por año. Dos advertencias del propio boletín: la tabla rotula dos veces «Formación 3º año» (la tercera fila de formación es en realidad la de primer año) y la columna del plan de pensiones no sigue la misma progresión que el resto.

Estado de las tablas: publicadas, sin calificación expresa. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.

NivelCategoría profesionalImportes 2026Periodicidad
ISin remuneración convenida (personal directivo, excluido del ámbito del convenio por el art. II)Sin remuneración convenidan/a
IISin remuneración convenidaSin remuneración convenidan/a
IIITitulados MediosS. Base 42,96 · Plus Actividad 25,90 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 2.279,80 · Remuneración Anual Total 28.010,17 · Aportación Anual Plan de Pensiones 595,20 · Valor Hora Extra 18,65S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
IVJefe de PersonalS. Base 41,58 · Plus Actividad 25,25 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 2.205,05 · Remuneración Anual Total 27.176,81 · Aportación Anual Plan de Pensiones 577,20 · Valor Hora Extra 18,65S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
VJefe AdministrativoS. Base 39,80 · Plus Actividad 24,23 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 2.118,11 · Remuneración Anual Total 26.084,96 · Aportación Anual Plan de Pensiones 553,68 · Valor Hora Extra 18,65S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
VIOficial AdministrativoS. Base 38,06 · Plus Actividad 23,36 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 2.029,40 · Remuneración Anual Total 25.037,76 · Aportación Anual Plan de Pensiones 531,03 · Valor Hora Extra 16,89S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
VIICapatazS. Base 36,92 · Plus Actividad 23,31 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.983,42 · Remuneración Anual Total 24.506,59 · Aportación Anual Plan de Pensiones 519,50 · Valor Hora Extra 17,32S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
VIIIOficial de PrimeraS. Base 35,07 · Plus Actividad 22,10 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.883,05 · Remuneración Anual Total 23.309,54 · Aportación Anual Plan de Pensiones 493,69 · Valor Hora Extra 17,24S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
IXOficial SegundaS. Base 33,42 · Plus Actividad 21,50 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.804,50 · Remuneración Anual Total 22.382,74 · Aportación Anual Plan de Pensiones 473,66 · Valor Hora Extra 15,85S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
XAyudanteS. Base 32,15 · Plus Actividad 20,99 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.742,33 · Remuneración Anual Total 21.653,02 · Aportación Anual Plan de Pensiones 457,89 · Valor Hora Extra 15,90S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
XIPeón EspecialistaS. Base 31,42 · Plus Actividad 20,66 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.708,26 · Remuneración Anual Total 21.232,11 · Aportación Anual Plan de Pensiones 448,81 · Valor Hora Extra 15,90S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
XIIPeón OrdinarioS. Base 30,63 · Plus Actividad 20,55 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.674,45 · Remuneración Anual Total 20.840,24 · Aportación Anual Plan de Pensiones 440,32 · Valor Hora Extra 13,31S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales · Valor Hora Extra: por hora
XIIIFormación 3º AñoS. Base 28,46 · Plus Actividad 18,28 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.533,83 · Remuneración Anual Total 19.171,28 · Aportación Anual Plan de Pensiones 404,43 · (sin Valor Hora Extra en la tabla)S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales
(sin nivel)Formación 2º AñoS. Base 25,05 · Plus Actividad 16,12 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.353,40 · Remuneración Anual Total 16.994,30 · Aportación Anual Plan de Pensiones 357,48 · (sin Valor Hora Extra en la tabla)S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales
(sin nivel)Formación 1º Año — OJO: el BOP la rotula por segunda vez «FORMACIÓN 3º AÑO». Es errata del boletín: reconcilia con el «FORMACION 1º AÑO» del Anexo III (tabla 2024) del propio convenioS. Base 21,73 · Plus Actividad 13,94 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.172,94 · Remuneración Anual Total 14.841,64 · Aportación Anual Plan de Pensiones 311,00 · (sin Valor Hora Extra en la tabla)S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales
(sin nivel)Col. Sin Lím. Edad mayor de 21, 1º añoS. Base 31,75 · Plus Actividad 20,39 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.714,29 · Remuneración Anual Total 21.297,75 · Aportación Anual Plan de Pensiones 450,27 · (sin Valor Hora Extra en la tabla)S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales
(sin nivel)Col. Sin Lím. Edad mayor de 21, 2º añoS. Base 33,55 · Plus Actividad 21,50 · Plus Extrasalarial 3,92 · Pagas Extra y Paga Vacaciones 1.804,50 · Remuneración Anual Total 22.426,95 · Aportación Anual Plan de Pensiones 474,64 · (sin Valor Hora Extra en la tabla)S. Base / Plus Actividad / Plus Extrasalarial: diarios · Pagas: por paga · Remuneración Anual Total y Plan de Pensiones: anuales
Tabla salarial Segovia 2026 — 17 categorías, transcritas del boletín oficial.

Ficha del convenio: ámbito, código y vigencia

Segovia negocia su propio convenio de Construcción y Obras Públicas. Lo firman la Asociación Provincial de Industrias de la Construcción (APIC), por la parte empresarial, y CCOO y UGT, y lo inscribe la Oficina Territorial de Trabajo de Segovia. El ámbito es provincial, no autonómico: en Castilla y León la construcción se sigue negociando provincia a provincia y no consta un convenio autonómico único del sector. El periodo pactado va del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026, cinco años, con denuncia automática un mes antes del final. Ojo a la cláusula de ultraactividad: el texto dice expresamente que, terminada la vigencia, el convenio seguirá aplicándose hasta que otro lo sustituya. En la ficha tienes el código y las referencias exactas del boletín.

DatoSegovia
Convenio aplicableConvenio Colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas en la provincia de Segovia (periodo 2022-2026)
ÁmbitoProvincial. Segovia tiene convenio propio del sector de la Construcción y Obras Públicas, suscrito por la Asociación Provincial de Industrias de la Construcción (APIC) en representación de los empresarios y por las centrales sindicales CCOO y UGT, e inscrito por la Oficina Territorial de Trabajo de Segovia (Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León). El ámbito es provincial, no autonómico: en Castilla y León la construcción se viene negociando por provincias y no consta un convenio autonómico único del sector.
Código de convenio40000115011982
Publicado enBoletín Oficial de la Provincia de Segovia (BOPS), nº Nº 145 (tablas salariales 2025-2026). Texto del convenio: BOP nº 77 de 26 de junio de 2024. Calendario laboral 2026: BOP nº 141 de 24 de noviembre de 2025., de 3 de diciembre de 2025 (tablas salariales 2025-2026)
VigenciaCinco años: del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026 (art. III). Denuncia automática un mes antes del fin de vigencia, sin necesidad de formalidad alguna. Cláusula expresa de ultraactividad: «Una vez finalizada la vigencia citada y al objeto de evitar el vacío normativo, continuará vigente el convenio hasta que sea sustituido por otro». Texto aprobado por acuerdo de la Comisión Negociadora de 12 de abril de 2024.
Estado de las tablas 2026Publicadas, sin calificación expresa. La resolución de 27 de noviembre de 2025 (BOP nº 145) ordena la inscripción, el depósito y la publicación de las tablas salariales 2025-2026 aprobadas por acuerdo de la Comisión Negociadora de 25 de noviembre de 2025, sin calificarlas de provisionales ni de definitivas: ninguno de los dos términos aparece en el anuncio. Se publican, por tanto, como tablas aprobadas y en vigor, sin la marca de provisionalidad que sí lleva el convenio distinto de Derivados del Cemento.
Subida pactadaEl BOP nº 145 NO imprime porcentaje de subida, y el art. XIV del convenio sólo fija incrementos hasta 2024 (3,00 % para 2022, 3,00 % para 2023 y 2,75 % para 2024): nada pacta para 2025 ni para 2026. Reconciliación aritmética propia sobre las dos tablas publicadas en el mismo anuncio: la tabla de 2026 equivale a la de 2025 multiplicada por 1,03, es decir, aproximadamente un 3 %. El ajuste NO es exacto al céntimo en todas las columnas: aplicando 2025 × 1,03 y redondeando aparecen desviaciones de ±0,01 euros en Pagas Extra / Paga Vacaciones (6 niveles), en Remuneración Anual Total (6 niveles), en Salario Base (las dos filas de Col. Sin Lím. Edad) y en Plus de Actividad (4 filas), con diferencias en ambos sentidos y no sólo al alza; la única columna que reconcilia exactamente en todas las filas es el Valor Hora Extra. Son desviaciones de redondeo, coherentes con aplicar el porcentaje sobre bases sin redondear. ATENCIÓN: la Aportación Anual al Plan de Pensiones NO sigue ese 3 % aproximado (527,21 → 595,20 en Titulados Medios, en torno al +12,9 %; los cocientes de esa columna oscilan entre 1,1290 y 1,1310 según nivel): se transcribe tal cual, el BOP no explica el criterio.
RetroactividadNo consta. La resolución de la Oficina Territorial de Trabajo de 27 de noviembre de 2025 no contiene cláusula de retroactividad ni fecha de efectos. No se publica dato de retroactividad.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026 en Boletín Oficial de la Provincia de Segovia (BOPS).

Dietas, kilometraje y plus extrasalarial

Aquí hay un detalle que conviene mirar dos veces antes de presupuestar un desplazamiento. El art. XIX fija la dieta completa, la media dieta y el kilometraje «para la vigencia del presente convenio», es decir, sin revisión anual: los importes de 2026 son los mismos que los de 2022, mientras las tablas salariales sí se han ido actualizando cada año. La dieta completa se devenga por día natural cuando el trabajador no puede pernoctar en su residencia habitual; si la empresa organiza y costea manutención y alojamiento en condiciones suficientes, solo abona el 20 % de esa dieta. La media dieta va por día efectivamente trabajado. Y el plus de distancia no existe por separado: el art. XV lo engloba, junto con el desgaste de herramienta y la ropa de trabajo, en un único plus extrasalarial diario.

ConceptoImporte 2026
Dieta completa140,00 euros, «para la vigencia de este Convenio» (art. XIX). Se devenga siempre por día natural, cuando por consecuencia de un desplazamiento ordenado por la empresa el trabajador no pueda pernoctar en su residencia habitual. Cuando el empresario organice y costee la manutención y el alojamiento del personal desplazado, siempre que reúna las condiciones suficientes, solamente abonará el 20 % de la dieta completa (= 28,00 euros).
Media dieta24,00 euros, «para la vigencia de este Convenio» (art. XIX). Se devenga por día efectivo trabajado, cuando a consecuencia del desplazamiento el trabajador tenga necesidad de realizar la comida fuera de su residencia habitual, no le fuera suministrada por la empresa y pueda pernoctar en la citada residencia.
Plus de distancia / transporteNO existe como plus autónomo con importe propio. El art. XV establece un ÚNICO plus extrasalarial por día efectivamente trabajado, en el que quedan englobados el plus de distancia, el de desgaste de herramienta y el de ropa de trabajo, con este reparto porcentual expreso: plus de distancia 80 %, plus de desgaste de herramienta 15 %, plus de ropa de trabajo 5 %. Importe del plus extrasalarial: 3,92 euros/día en 2026 (3,80 euros/día en 2025), igual para todos los niveles. Las empresas quedan autorizadas a sustituir el abono de la cantidad, o parte de ella, por la prestación material de los conceptos que lo integran.

Kilometraje: si se utiliza vehículo del propio trabajador, 0,40 euros por kilómetro recorrido «para la vigencia del presente convenio» (art. XIX). Los gastos de locomoción por desplazamiento son de cuenta de la empresa. Si el personal desplazado que puede volver a pernoctar en su residencia habitual hubiera de emplear más de una hora en cada uno de los viajes de ida y vuelta al lugar de trabajo desde el centro de trabajo correspondiente, utilizando medios ordinarios de transporte, el exceso se le abona a prorrata del salario de convenio. En desplazamientos de más de una semana el trabajador puede solicitar anticipos quincenales a cuenta y a justificar. Si se ve obligado a desembolsar más de lo indicado, la empresa le reintegra el exceso previa justificación del gasto. DATO RELEVANTE: los tres importes (140,00 / 24,00 / 0,40) están fijados «para la vigencia del Convenio», es decir, congelados de 2022 a 2026 sin revalorización anual, a diferencia de las tablas salariales, que sí se revisan cada año.

Sin jornada intensiva: las 10 Fiestas de Convenio

El calendario tipo del sector para 2026 no contempla jornada intensiva de verano. Los 240 días laborables se computan a 8 horas, julio y agosto incluidos. La reducción se concentra en 10 Fiestas de Convenio (FC) marcadas en el calendario del BOP nº 141, de 24 de noviembre de 2025: cinco bloques repartidos entre enero, febrero, abril, agosto y el cierre de diciembre, que deja ese mes en 15 días laborables. Para la nómina no es un matiz. El art. XVI dispone que el plus de actividad «también se devengará en los días de Fiestas de Convenio (FC)», y el art. X.2 que ese plus y el extrasalarial se abonan en los días no laborables según calendario: esos 10 días se cobran con ambos pluses. Y el calendario recuerda que cada municipio respeta sus dos fiestas locales; si una cae en día ya no laborable, se disfruta al siguiente hábil. Con 208 municipios, el calendario efectivo cambia de obra a obra.

Calendario laboral 2026 y jornada anual

El calendario tipo del sector para 2026 se publicó en el BOP nº 141, de 24 de noviembre de 2025, e imprime mes a mes las filas de días y de horas, además de marcar con su leyenda los sábados, domingos, festivos oficiales, fiestas de convenio y vacaciones. El convenio provincial, por su parte, fija en el art. X.1 la jornada ordinaria anual y mantiene las 40 horas semanales durante toda la vigencia. Las vacaciones son 21 días laborables. Conviene conocer el art. X.3: las empresas que, de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, aprueben su propio calendario antes del 30 de enero pueden regirse por él, con un tope de 9 horas diarias. Si no hay calendario pactado, manda el provincial.

Concepto2026
Jornada anual1.736 horas de jornada ordinaria anual (art. X.1 del convenio provincial). Jornada ordinaria semanal de 40 horas durante toda la vigencia. El calendario tipo 2026 publica 240 días laborables y la fila «Horas» mes a mes: ENE 144, FEB 152, MAR 176, ABR 144, MAY 160, JUN 176, JUL 184, AGO 160, SEP 176, OCT 168, NOV 160, DIC 120 — suma 1.920 horas sobre 240 días (fila «Días»: 18, 19, 22, 18, 20, 22, 23, 20, 22, 21, 20, 15). El BOP no imprime total anual; 1.920 h es la suma de la fila publicada. Descontadas las 21 jornadas de vacaciones (168 h, según nota del propio calendario) y las 2 fiestas locales que cada municipio debe respetar (16 h), el resultado reconcilia exactamente con las 1.736 h del art. X.1.
Fiestas propias del sector10 Fiestas de Convenio (FC) en 2026, marcadas como tales en el calendario del BOP nº 141: 2 y 5 de enero; 16 de febrero; 24 de abril; 14 de agosto; y 24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre. Además, 11 festivos oficiales (F) recogidos en el calendario: 1 y 6 de enero; 2, 3 y 23 de abril; 1 de mayo; 12 de octubre; 2 de noviembre; 7, 8 y 25 de diciembre. La leyenda del cuadro es S: sábado, D: domingo, F: fiesta, FC: fiesta de convenio, V: vacaciones. Verificación de recuento: 365 − 104 (sábados y domingos) − 11 (F) − 10 (FC) = 240 días laborables, que coincide con la fila «Días» publicada. Nota del propio calendario: «Cada pueblo de la provincia tiene que respetar las dos fiestas locales. En el supuesto de que alguna fiesta local coincida con un día no laborable de este Convenio, se disfrutará al día siguiente laborable». Vacaciones: 21 días laborables, equivalentes a 168 horas de trabajo.
Jornada intensivaEl calendario tipo del sector para 2026 NO establece jornada intensiva de verano. Los 240 días laborables se computan íntegramente a 8 horas: julio figura con 184 h / 23 días y agosto con 160 h / 20 días, es decir 8 h/día también en el periodo estival. La reducción de jornada se articula en Segovia mediante 10 Fiestas de Convenio (FC), no mediante horario intensivo. El art. X.3 permite que las empresas que, de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, establezcan su propio calendario antes del 30 de enero de cada año se rijan por él, con un máximo de 9 horas diarias; en ausencia de calendario pactado rige el calendario provincial.

Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.

Convenio estatal y convenio de Segovia: qué fija cada uno

El reparto es sencillo una vez lo tienes claro. El VII Convenio General del Sector de la Construcción es el que fija la clasificación profesional (los niveles y las categorías que verás en la tabla), la formación obligatoria en prevención, la regulación de seguridad y salud y el marco de la Tarjeta Profesional de la Construcción. Eso vale igual en Segovia que en Cádiz, y lo tienes desarrollado en el convenio general del sector. Lo que pone Segovia es el dinero y el tiempo: las tablas salariales de cada nivel, la dieta completa y la media dieta, el kilometraje, el plus extrasalarial y el calendario laboral con sus fiestas de convenio. Cuando una duda es de encuadramiento o de formación, la respuesta está en el estatal; cuando es de cuánto se cobra o qué día se trabaja, en el provincial.

El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.

Lo que a día de hoy no está publicado

Preferimos decirte qué no sabemos antes que rellenarlo con suposiciones. Para Segovia hay varios huecos que no están cerrados en ningún boletín: no se ha publicado el porcentaje de subida aplicado a las tablas de 2026 (el art. XIV del convenio solo pacta incrementos hasta 2024) ni el de 2025; la resolución de 27 de noviembre de 2025 no contiene cláusula de retroactividad ni fecha de efectos; el boletín no explica el criterio de la aportación al plan de pensiones, que no acompaña al resto de la tabla; y el calendario no imprime un total anual de horas. Hemos revisado todos los BOP de Segovia de 2026 hasta julio y no hay ninguna publicación posterior que modifique tablas, calendario o texto del convenio. Debajo tienes la lista completa.

  • Niveles III y IV de la tabla salarial: sus importes los tomamos tal cual del BOP núm. 145. La maquetación del boletín hace que, al copiar la tabla, esas filas parezcan descolocadas, pero lo que publicamos es lo que figura en cada nivel, no una reconstrucción nuestra.
  • Dos filas con el mismo rótulo: el boletín escribe dos veces «Formación 3º año». Comparando con el anexo de tablas del convenio, la tercera fila de formación parece ser la de «Formación 1º año». El error es del boletín: lo dejamos tal cual y te avisamos.
  • Subida de 2026: no está publicada. El BOP núm. 145 sólo dice que el acuerdo de noviembre de 2025 aprueba las tablas, y el convenio no pacta incrementos más allá de 2024. El 3,00 % que verás es un cálculo nuestro sobre los importes, no una cifra pactada.
  • Subida de 2025: tampoco se publica. Al comparar esas tablas con las de 2024 que trae el convenio, el resultado no da un porcentaje redondo, y en el boletín no consta ninguno. Por eso no te damos cifra de incremento para ese año.
  • Retroactividad: la resolución de noviembre de 2025 no dice desde cuándo se aplican las tablas. No hay cláusula de efectos publicada, así que no podemos afirmar que se cobren desde el 1 de enero. Si tu empresa lo aplica así, pregunta en qué se basa.
  • Aportación anual al plan de pensiones: sube bastante más que el resto de conceptos de la tabla. El boletín no explica el criterio y el texto del convenio que hemos localizado tampoco lo desarrolla. Te damos el importe publicado, pero no podemos decirte de dónde sale ese salto.
  • Periodicidad del salario base: la tabla no rotula si el importe es por día o por mes. El convenio sí dice expresamente que el plus extrasalarial y el plus de actividad son diarios, pero del salario base no lo afirma literalmente ningún boletín. Tómalo con esa cautela.
  • Remuneración anual total: hemos intentado cuadrarla sumando salario base, pluses y pagas, y no sale exacta. Ningún boletín publica la fórmula con la que se compone ese importe anual, así que sólo te damos las cantidades tal como aparecen impresas.
  • Horas anuales: el calendario no imprime un total. Las 1.920 horas y los 240 días salen de sumar las filas que sí publica el boletín, y las 1.736 horas vienen del convenio. Cómo se relacionan ambas cifras es un cálculo nuestro, no texto oficial.
  • Fiestas de convenio: el calendario sólo las marca como «FC», sin decir a qué corresponden. Hablar de Carnaval o del puente de Castilla y León es una atribución nuestra por contexto: el boletín no publica el motivo de ninguna de ellas.
  • Novedades en 2026: hemos revisado los boletines de Segovia de este año y no aparece nada sobre el convenio de Construcción y Obras Públicas. Lo único del ramo es el de Derivados del Cemento, que es un convenio distinto y no se aplica a esta obra.
  • Calendario de 2027 y tablas posteriores: no hemos localizado ninguna publicación. Encaja con que la vigencia del convenio termina el 31-12-2026, pero significa que hoy por hoy no hay ni calendario ni tablas publicadas para después de esa fecha.
  • Niveles I y II: en la tabla de 2026 aparecen rotulados, pero sin remuneración convenida. El boletín no les asigna importes, así que no podemos darte salario para esos dos niveles: tendrás que mirar lo que se pacte en tu empresa.
  • Calendario de 2026: lo hemos repasado día a día contra el BOP núm. 141, que es donde se publica. Aun así, es una tabla impresa muy densa. Si un día concreto te juega dinero, contrástalo con el boletín o pregúntalo en tu empresa.
  • Última publicación conocida: el BOP núm. 145, de diciembre de 2025. Además de repasar los boletines, lo hemos contrastado con un índice externo de publicaciones de este convenio. No consta nada de 2026 que cambie tablas, calendario ni texto.

Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es la jornada intensiva en Segovia?

No la hay. El calendario del sector para 2026 no establece jornada intensiva de verano: julio y agosto se computan a 8 horas diarias, igual que el resto del año. Segovia articula la reducción de jornada mediante 10 Fiestas de Convenio repartidas entre enero, febrero, abril, agosto y diciembre. Si tu empresa quiere un horario distinto, el art. X.3 permite pactar calendario propio antes del 30 de enero, con un máximo de 9 horas diarias.

¿El convenio de Segovia se aplica a toda la provincia o solo a la capital?

A toda la provincia. El ámbito es provincial y no autonómico: en Castilla y León la construcción se negocia por provincias. Lo que sí varía dentro de Segovia son las dos fiestas locales, que cada municipio tiene que respetar. El propio calendario añade una regla de traslado: si una fiesta local coincide con un día que ya no es laborable según el convenio, se disfruta el siguiente día laborable. Por eso dos obras de municipios distintos pueden tener calendarios efectivos diferentes.

¿A qué categoría corresponde mi puesto?

La clasificación por niveles no la inventa Segovia: viene del VII Convenio General del Sector de la Construcción, y el convenio provincial se limita a ponerle precio a cada nivel. En la tabla de Segovia verás desde Titulados Medios hasta las categorías de obra, más las filas de personal en formación y las de Col. Sin Lím. Edad. Los niveles I y II figuran sin remuneración convenida, porque el art. II excluye al personal directivo del ámbito del convenio.

¿Desde cuándo se aplica la subida? ¿Hay atrasos?

No hay dato publicado. Las tablas de 2026 se aprobaron por acuerdo de la Comisión Negociadora de 25 de noviembre de 2025 y se publicaron en el BOP nº 145 de 3 de diciembre, pero la resolución de la Oficina Territorial de Trabajo no incluye cláusula de retroactividad ni fecha de efectos. Tampoco imprime porcentaje de subida. Sin fecha de efectos publicada, no podemos afirmar que correspondan atrasos desde el 1 de enero: es algo que conviene consultar con la comisión paritaria.

Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4

O

Redacción de Obrania

Equipo editorial de Obrania. Elaboramos cada guía a partir de fuentes oficiales (BOE, AEAT, sedes autonómicas), que citamos y datamos. Sobre nosotros.