TU CONVENIO · PONTEVEDRA · 2026
El acuerdo de marzo de 2026 amplía la jornada intensiva de Pontevedra a tres meses, del 1 de junio al 31 de agosto, de 7:00 a 15:00.
La subida pactada para 2026 es del 3%, con efectos desde el 1 de enero. Las tablas ya están publicadas y son definitivas, así que lo que ves aquí es lo que va a nómina, no un anticipo a la espera de revisión. Ojo a dos cosas propias de esta provincia: la jornada intensiva de verano pasa a cubrir tres meses completos y el calendario traslada festivos concejo a concejo.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026.
Tablas salariales 2026 de la construcción en Pontevedra
Las tablas de 2026 son definitivas, no un anticipo a la espera de publicación. La subida es del 3% con efectos desde el 1 de enero, pero el boletín no salió hasta el 23 de abril, así que los meses de enero a abril hay que regularizarlos. Por eso debajo tienes también los importes de 2025 de cada nivel: son los que necesitas para calcular los atrasos. Dos avisos antes de mirar la columna de hora extra: el nivel XIII la tiene vacía en el boletín, y hay niveles cuyo importe impreso no encaja con la serie. Los tienes detallados al final de la página.
Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.
| Nivel | Categoría profesional | Importes 2026 | Periodicidad |
|---|---|---|---|
| II | Titulado Superior | 2026: salario base 2.359,35 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 34.365,10 € | hora extra sin complementos 27,33 € | plus de convenio 468,38 €/año (39,03 €/mes, 12 pagas) | plan de pensiones 731,77 €/año (60,98 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 2.290,63 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 33.364,17 € | hora extra 26,53 € | plus de convenio 453,64 €/año (37,80 €/mes) | plan de pensiones 650,41 €/año (54,20 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| III-IV | Nivel III: Titulado Medio, Jefe Admvo. 1ª, Jefe Secc. Org. 1ª. Nivel IV: Encargado General, Jefe de Personal, Ayudante de Obra, Encargado General de Fábrica. (La tabla oficial agrupa III y IV en una sola fila con un único importe.) | 2026: salario base 1.858,57 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 27.354,12 € | hora extra sin complementos 21,57 € (ver aviso) | plus de convenio 373,50 €/año (31,12 €/mes) | plan de pensiones 579,03 €/año (48,25 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.804,44 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 26.557,40 € | hora extra 20,95 € | plus de convenio 361,74 €/año (30,14 €/mes) | plan de pensiones 515,43 €/año (42,95 €/mes). Aviso: la hora extra de 21,57 € es la que imprime el BOPPO; con la subida general saldría un céntimo más (20,95 × 1,03 = 21,5785, que se redondearía a 21,58 €). Es la misma clase de descuadre que en los niveles VII y VIII, aunque mucho menor. Se reproduce el importe impreso. | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| V | Encargado General de Obra, Jefe Administrativo de 2ª, Delineante Superior, Jefe de Sección de Organización Científica del Trabajo de 2ª, Jefe de Compras | 2026: salario base 1.721,73 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 25.438,50 € | hora extra sin complementos 19,96 € | plus de convenio 347,41 €/año (28,95 €/mes) | plan de pensiones 537,63 €/año (44,80 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.671,58 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 24.697,57 € | hora extra 19,38 € | plus de convenio 336,47 €/año (28,04 €/mes) | plan de pensiones 478,55 €/año (39,88 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| VI | Delineante de 1ª, Jefe o Encargado de Taller, Encargado de Sección de Laboratorio, Escultor de Piedra y Mármol, Práctico de Topografía de 1ª, Técnico de Organización de 1ª | 2026: salario base 1.651,56 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 24.456,17 € | hora extra sin complementos 19,52 € | plus de convenio 334,13 €/año (27,84 €/mes) | plan de pensiones 515,63 €/año (42,97 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.603,46 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 23.743,85 € | hora extra 18,95 € | plus de convenio 323,61 €/año (26,97 €/mes) | plan de pensiones 459,66 €/año (38,31 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| VII | Capataz, Delineante de 2ª, Técnico de Organización de 2ª, Práctico de Topografía de 2ª, Analista de 1ª, Viajante, Especialista de Oficio | 2026: salario base 1.624,76 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 24.080,97 € | hora extra sin complementos 19,52 € (ver aviso) | plus de convenio 328,97 €/año (27,41 €/mes) | plan de pensiones 507,61 €/año (42,30 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.577,44 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 23.379,58 € | hora extra 18,59 € | plus de convenio 318,62 €/año (26,55 €/mes) | plan de pensiones 452,51 €/año (37,70 €/mes). Aviso: la hora extra de 19,52 € es la que imprime el BOPPO, pero no cuadra con la subida general sobre 2025 (saldría 19,15 €) y coincide con la del nivel VI. Compruébala antes de usarla en una nómina. | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| VIII | Oficial de oficio de 1ª, Oficial Administrativo de 1ª, Corredor de Plaza, Inspector de Control, Señalización y Servicios, Analista de 2ª | 2026: salario base 1.608,53 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 23.853,77 € | hora extra sin complementos 19,15 € (ver aviso) | plus de convenio 326,12 €/año (27,18 €/mes) | plan de pensiones 502,72 €/año (41,89 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.561,68 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 23.159,00 € | hora extra 18,53 € | plus de convenio 315,28 €/año (26,32 €/mes; ver el aviso al final de la página) | plan de pensiones 448,04 €/año (37,34 €/mes). Aviso: la hora extra de 19,15 € es la que imprime el BOPPO, pero no cuadra con la subida general sobre 2025 (saldría 19,09 €). Compruébala antes de usarla en una nómina. | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| IX | Oficial de oficio de 2ª, Oficial Administrativo de 2ª, Ayudante Topográfico, Auxiliar de Organización, Vendedores, Conserje | 2026: salario base 1.565,18 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 23.246,63 € | hora extra sin complementos 18,64 € | plus de convenio 317,62 €/año (26,47 €/mes) | plan de pensiones 489,63 €/año (40,80 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.519,59 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 22.569,54 € | hora extra 18,10 € | plus de convenio 307,62 €/año (25,63 €/mes) | plan de pensiones 436,36 €/año (36,36 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| X | Ayudante de oficio, Auxiliar administrativo, Especialista de 1ª, Auxiliar de Laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Guarda Jurado | 2026: salario base 1.518,70 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 22.596,04 € | hora extra sin complementos 18,24 € | plus de convenio 308,88 €/año (25,74 €/mes) | plan de pensiones 475,38 €/año (39,62 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.474,47 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 21.937,90 € | hora extra 17,71 € | plus de convenio 299,16 €/año (24,93 €/mes) | plan de pensiones 423,83 €/año (35,32 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| XI-XII | Nivel XI: Peón especializado, Especialista de 2ª. Nivel XII: Peón ordinario, Limpiador/a. (La tabla oficial agrupa XI y XII en una sola fila con un único importe.) | 2026: salario base 1.485,55 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 22.131,99 € | hora extra sin complementos 17,97 € | plus de convenio 302,55 €/año (25,21 €/mes) | plan de pensiones 464,77 €/año (38,73 €/mes). 2025 (para calcular atrasos): base 1.442,28 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 21.487,37 € | hora extra 17,45 € | plus de convenio 293,03 €/año (24,42 €/mes) | plan de pensiones 414,88 €/año (34,57 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plus de convenio y plan de pensiones en 12 pagas |
| XIII | Pinches y/o aprendices de 16 y 17 años, Botones | 2026: salario base 1.166,97 € en 14 pagas iguales | plus extrasalarial 6,13 €/día y 121,00 €/mes | total anual 17.670,84 € | hora extra: la tabla oficial no trae importe (casilla vacía en 2025 y en 2026) | plan de pensiones 322,50 €/año (26,88 €/mes) | plus de convenio: el nivel XIII no figura en esa tabla, que termina en el XI-XII. 2025 (para calcular atrasos): base 1.132,98 € | plus extrasalarial 5,96 €/día y 117,65 €/mes | total anual 17.156,16 € | plan de pensiones 287,87 €/año (23,99 €/mes). | mensual (14 pagas) + total anual; plan de pensiones en 12 pagas |
Avísame cuando salgan las tablas de 2027 en Pontevedra
Suelen publicarse en el boletín oficial entre diciembre y abril. Te avisamos por email cuando salgan las de Pontevedra.
Dietas y pluses
Las dietas de Pontevedra vienen fijadas expresamente para 2025 y 2026 en el artículo 29.7, así que no dependen de la actualización anual. La completa se paga por día natural cuando el desplazamiento impide dormir en la residencia habitual; la media, por día efectivo trabajado cuando hay que comer fuera pero se puede volver a dormir a casa. Si la empresa organiza y costea manutención y alojamiento en condiciones suficientes, solo abona el 20% de la dieta completa. Y si los gastos superan el importe de la dieta, el exceso lo paga la empresa, previo conocimiento y justificación posterior. El convenio cuantifica además el desgaste de herramientas y la ropa de trabajo.
| Concepto | Importe 2026 |
|---|---|
| Dieta completa | 48,00 € (ayuda de coste completa), cuantía fijada expresamente para 2025-2026 (art. 29.7). Se paga siempre por día natural cuando, por el desplazamiento, el trabajador no puede dormir en su residencia habitual (art. 29.2). Si la empresa organiza y paga la manutención y el alojamiento en condiciones exigibles y suficientes, solo abonará el 20% de la ayuda de coste completa (art. 29.3). El boletín fija solo el porcentaje, no el importe: el 20% de 48,00 € son 9,60 €, un cálculo nuestro, no una cifra del convenio. Si por circunstancias especiales los gastos superan el importe de las ayudas de coste, la empresa pagará el exceso, con conocimiento previo y justificación posterior. |
| Media dieta | 13,50 € (media ayuda de coste), cuantía fijada expresamente para 2025-2026 (art. 29.7). Se paga por día efectivo trabajado cuando, por el desplazamiento, el trabajador tiene que comer fuera de su residencia habitual, la empresa no le da la comida y puede dormir en esa residencia (art. 29.4). |
| Plus de distancia / transporte | No hay importe publicado. El acuerdo del BOPPO nº 76 de 23/04/2026 no cuantifica ningún plus de distancia o de transporte independiente: solo regula las ayudas de coste por desplazamiento (art. 29) como concepto extrasalarial compensatorio. Si existiera ese plus, estaría en el texto íntegro del convenio provincial 2020-2021 (BOP de 21/09/2020), que no hemos consultado. |
Conceptos del acuerdo de 16/03/2026 (BOPPO nº 76, de 23/04/2026). Desgaste de herramientas (art. 27): 0,79 € por día de trabajo efectivo en 2026, solo si el trabajador aporta, de acuerdo con la empresa, herramientas propias; la empresa debe facilitar las herramientas de mano necesarias, y el tiempo de espera hasta recibirlas cuenta como trabajo efectivo. Ropa de trabajo (art. 28): entrega obligatoria cada seis meses de chaqueta y pantalón o buzo y calzado adecuado; por cada juego no entregado a tiempo se pueden reclamar 39,10 € en 2026, y si al causar baja no se devuelve la ropa usada, la empresa puede descontar el 50 % del último equipo. Plus de convenio 2026, en 12 pagas (anual / mensual): II 468,38 / 39,03 · III-IV 373,50 / 31,12 · V 347,41 / 28,95 · VI 334,13 / 27,84 · VII 328,97 / 27,41 · VIII 326,12 / 27,18 · IX 317,62 / 26,47 · X 308,88 / 25,74 · XI-XII 302,55 / 25,21; no hay plus de convenio para el nivel XIII. Se rige por el art. 50.2 del VII Convenio General y sube lo mismo que el resto de conceptos salariales. Plus de convenio 2025 (anual / mensual): II 453,64 / 37,80 · III-IV 361,74 / 30,14 · V 336,47 / 28,04 · VI 323,61 / 26,97 · VII 318,62 / 26,55 · VIII 315,28 / 26,32 (el importe anual no cuadra; ver el aviso al final de la página) · IX 307,62 / 25,63 · X 299,16 / 24,93 · XI-XII 293,03 / 24,42. Contribución al plan de pensiones (anexo II, tabla independiente del plus de convenio), anual / mensual. 2026: II 731,77 / 60,98 · III-IV 579,03 / 48,25 · V 537,63 / 44,80 · VI 515,63 / 42,97 · VII 507,61 / 42,30 · VIII 502,72 / 41,89 · IX 489,63 / 40,80 · X 475,38 / 39,62 · XI-XII 464,77 / 38,73 · XIII 322,50 / 26,88. 2025: II 650,41 / 54,20 · III-IV 515,43 / 42,95 · V 478,55 / 39,88 · VI 459,66 / 38,31 · VII 452,51 / 37,70 · VIII 448,04 / 37,34 · IX 436,36 / 36,36 · X 423,83 / 35,32 · XI-XII 414,88 / 34,57 · XIII 287,87 / 23,99. En 2025, tras aplicar el 0,4 % a los conceptos salariales de 2024, la contribución subió otro 0,5 % con efectos de 1/1/2025; en 2026, un 0,25 % de los conceptos salariales de 2025 con efectos de 1/1/2026. En los dos casos hay que trabajar todo el año a tiempo completo; si no, corresponde la parte proporcional. El 26 de febrero de 2026, CCOO del Hábitat detectó un error en estas contribuciones, que se recalcularon antes de la firma del 16 de marzo; las cifras son las del texto publicado. Cláusula de garantía salarial 2025-2026: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (con un máximo del 9,25 %), las tablas de 2026 subirán con efectos de 1/1/2027 y sin efectos retroactivos, repartiendo el exceso al 50 % entre tablas y plan de pensiones, para quienes estén de alta a 1/1/2027.
Jornada y calendario laboral 2026
La jornada anual es de 1.736 horas, con 40 semanales de lunes a viernes durante toda la vigencia del convenio. Se puede pactar en la empresa una distribución variable atendiendo a la meteorología y a las necesidades del sector, sin pasar de nueve horas diarias ni de cuarenta semanales de trabajo efectivo. Los festivos de convenio para 2026 se acordaron el 6 de noviembre de 2025 y se publicaron en el BOPPO nº 248. Son once días, adicionales a los festivos oficiales estatales y autonómicos: esta lista no es tu calendario laboral completo. A esos once se suman los traslados de fecha en determinados concejos, que verás a continuación.
| Concepto | 2026 |
|---|---|
| Jornada anual | 1.736 horas anuales (art. 35.1). Jornada ordinaria semanal: 40 horas de lunes a viernes durante toda la vigencia del convenio (art. 35.2). Derecho a una pausa de 15 minutos por la mañana para el bocadillo, según las necesidades del servicio (art. 35.3). Las empresas pueden pactar una distribución variable de la jornada máxima anual según la meteorología y las necesidades del sector, sin superar nunca nueve horas diarias ni cuarenta semanales de trabajo efectivo (art. 35.4). En cada centro de trabajo, la empresa expondrá en un lugar visible el calendario laboral pactado (art. 35.5). |
| Fiestas propias del sector | 11 festivos de convenio en 2026, solo para ese año y retribuidos a todos los efectos, acordados el 6/11/2025 para ajustar la jornada anual a 1.736 horas: 2 y 5 de enero; 20, 30 y 31 de marzo; 1 de abril; 24 de julio; 17 de agosto, y 7, 24 y 31 de diciembre. En los municipios donde la fiesta local o un festivo de convenio caiga en día no laborable, se trasladan así: Covelo, 23 de marzo; Pontevedra, Cambados y O Porriño, 10 de julio; Valga, 27 de julio; Vigo, 27 de marzo y 18 de agosto; Gondomar, Poio y Vilagarcía de Arousa, 18 de agosto; Moraña, 9 de diciembre. Empresa y plantilla pueden cambiar estos días de mutuo acuerdo, y cada empresa fijará en su calendario el resto de días no laborables retribuidos necesarios para ajustarse a la jornada máxima. Una nota de prensa habla de «18 festivos», pero el BOPPO nº 248 dice «11 festivos de convenio»: la diferencia son los traslados municipales, que no se suman para un mismo trabajador. Estos 11 días se añaden a los festivos oficiales estatales y autonómicos. |
| Jornada intensiva | Ampliada en 2026 a tres meses: del 1 de junio al 31 de agosto, jornada intensiva de 7:00 a 15:00 horas (art. 35.6, en la redacción del acuerdo de 16/03/2026, aprobado por unanimidad como punto 4 del orden del día). Si por una causa administrativa justificada hubiera que retrasar el inicio de la jornada, nunca será después de las 8:00 horas. Los 15 minutos de pausa para el bocadillo cuentan como tiempo efectivo de trabajo. La jornada de verano solo dejará de aplicarse por causas objetivas, organizativas o productivas, y siempre de acuerdo con los representantes de los trabajadores o, si no los hay, con la mayoría de la plantilla. |
Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.
El calendario por concejo y el verano de tres meses
Lo que más distingue al calendario de Pontevedra es que no es el mismo en toda la provincia. El acuerdo del 6 de noviembre de 2025 fija once festivos de convenio comunes y, además, traslada fechas concejo por concejo allí donde la fiesta local o el festivo de convenio cae en día no laborable: el boletín nombra siete grupos de municipios, y Vigo aparece con dos fechas propias. La consecuencia es práctica: dos obras de la misma empresa en concejos distintos pueden tener días no laborables distintos, y manda el concejo donde radica el centro de trabajo. El segundo rasgo es la jornada de verano, ampliada a tres meses por el acuerdo del 16 de marzo de 2026 y aprobada por unanimidad de la mesa. Viene con dos garantías escritas: los quince minutos del bocadillo cuentan como tiempo efectivo de trabajo, y solo se puede dejar de aplicar por causas objetivas, organizativas o productivas, siempre de acuerdo con los representantes de los trabajadores o, si no los hay, con la mayoría de la plantilla. El tercero se nota nada más abrir el boletín: el acuerdo incorpora una disposición adicional que obliga a redactarlo y publicarlo en gallego, y así está publicado en el BOPPO.
Qué pone el convenio estatal y qué pone el de Pontevedra
El reparto es sencillo. El VII Convenio General del Sector de la Construcción, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, fija el marco común: la clasificación profesional por niveles, la formación, la seguridad y salud y el régimen de la tarjeta profesional de la construcción. El convenio de Pontevedra no repite nada de eso; se ocupa del dinero y del tiempo, es decir, tablas salariales, dietas, plus convenio, plan de pensiones y calendario. Donde el provincial calla, se aplica el estatal con carácter supletorio. Si quieres ver el marco completo antes de bajar al detalle provincial, lo tienes en la guía del convenio de la construcción.
El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. El artículo 7.2 establece que el convenio general continuará aplicándose hasta que otro lo sustituya, tanto en su contenido normativo como obligacional. Esa fecha no extingue automáticamente las condiciones ni permite deducir las tablas de 2027. Para salarios y calendario, consulta además los acuerdos del ámbito provincial o autonómico correspondiente. Fuente: artículo 7 del VII Convenio General (BOE). Aclaración revisada el 28 de septiembre de 2026.
Lo que todavía no está publicado o verificado
No todo lo que afecta a un trabajador de la construcción en Pontevedra está publicado o verificado a día de hoy, y preferimos decirlo. El texto íntegro del convenio provincial 2020-2021 no se ha consultado, así que materias como la antigüedad, la penosidad o las indemnizaciones no las damos por buenas aquí. Tampoco hemos localizado ningún importe cuantificado de plus de distancia o transporte: el acuerdo de 2026 solo regula las dietas por desplazamiento. Y hay importes impresos en el boletín que no encajan con la serie; los transcribimos tal cual, pero conviene contrastarlos con la Comisión Paritaria antes de llevarlos a una nómina. Esta es la lista completa.
- Hora extra de 2026, niveles VII y VIII: publicamos el importe impreso (19,52 € y 19,15 €), pero no lo apliques en nómina sin contrastarlo antes. Ninguna de las dos cifras cuadra con el cálculo esperado y, además, los niveles VI y VII aparecen con el mismo importe. Consúltalo con la Comisión Paritaria del convenio.
- Plus de distancia o transporte: no hemos encontrado ningún importe. El acuerdo de 2026 solo regula las dietas por desplazamiento (art. 29). Si existe un plus de distancia propio, estaría en el texto completo del convenio provincial 2020-2021 (BOP de 21/09/2020), que no hemos podido revisar. No damos cifra.
- Nivel XIII, plus de convenio: la tabla termina en el nivel XI-XII y no incluye el XIII. No publicamos importe para ese nivel. Si es el tuyo, revisa el boletín o pregunta en la comisión del convenio.
- Plus extrasalarial mensual: pasa de 117,65 € (2025) a 121,00 € (2026), una subida del 2,85% y no del 3% que cabría esperar. El importe diario sí sigue la pauta (5,96 € → 6,13 €). Puede ser un redondeo a cifra cerrada; el boletín no lo explica. Publicamos los importes impresos, iguales para los diez niveles.
Hay otros puntos más técnicos que tampoco hemos podido comprobar. Están al final de la página, en «Documentos, código del convenio y alcance de la revisión».
Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.
Documentos, código del convenio y alcance de la revisión
La ficha del convenio de Pontevedra
El convenio que se aplica aquí es el provincial del sector de la construcción, código 36000435011981. El texto base sigue siendo el de 2020-2021, publicado en el BOP del 21 de septiembre de 2020: las partes ratificaron expresamente que el resto de sus artículos quedan inalterados. Lo que cambia cada año es la parte económica, y esta vez llega por el acuerdo de la Comisión Negociadora del 16 de marzo de 2026, que actualiza tablas, plan de pensiones y los artículos 27, 28, 29 y 35. Se publicó en el BOPPO nº 76 del 23 de abril de 2026, redactado en gallego. Estos son los datos de referencia.
| Dato | Pontevedra |
|---|---|
| Convenio aplicable | Convenio colectivo del sector de la construcción de la provincia de Pontevedra. Acuerdo de la Comisión Negociadora de 16/03/2026 que actualiza las tablas salariales de 2025-2026 y las contribuciones al plan de pensiones, y modifica los artículos 27, 28, 29 y 35. El convenio base es el provincial 2020-2021, publicado en el BOP de 21/09/2020; las partes ratifican expresamente que el resto de sus artículos sigue igual («el resto de los artículos del convenio colectivo provincial 2020-2021 (BOP 21/09/2020) permanecen inalterados», en la traducción de Obrania). |
| Ámbito | provincial |
| Código de convenio | 36000435011981 |
| Publicado en | BOPPO (Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra), nº 76, de 2026-04-23 |
| Vigencia | Convenio provincial base 2020-2021 (BOP 21/09/2020), prorrogado y actualizado económicamente por el acuerdo de 16/03/2026, que fija incrementos con efectos de 1/1/2025 y 1/1/2026. De forma supletoria rige el VII Convenio General del Sector de la Construcción (BOE 23/09/2023), vigente hasta el 31/12/2026. El acuerdo incluye una cláusula de garantía salarial 2025-2026 con efectos de 1/1/2027 y sin efectos retroactivos. |
| Estado de las tablas 2026 | Definitivas |
| Subida pactada | 3 % para 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026. En 2025 fue un 3,5 %, con efectos de 1/1/2025, tras actualizar las tablas de 2024 un 0,4 % con efectos de 1/1/2025 y sin efectos retroactivos (art. 55 del VII Convenio General, modificado por el acuerdo estatal de 4/11/2025). Además, la contribución al plan de pensiones subió un 0,5 % en 2025 y un 0,25 % de los conceptos salariales de 2025 en 2026. Los salarios base y los totales anuales de 2026 suben exactamente un 3 %; en la hora extra hay niveles que no encajan (ver los avisos de los niveles III-IV, VII y VIII). |
| Retroactividad | Sí. El incremento del 3% tiene efectos desde el 1 de enero de 2026, pero las tablas no se publicaron en el BOPPO hasta el 23 de abril de 2026, por lo que procede regularizar los meses de enero a abril. Para calcular los atrasos, en la tabla salarial figuran también los importes de 2025 de cada nivel. El plus extrasalarial de 2025 es el mismo para todos los niveles (5,96 €/día y 117,65 €/mes): la tabla oficial imprime ese importe en las diez filas. Excepción expresa: la actualización previa del 0,4% sobre las tablas de 2024 se aplica «sin efectos retroactivos». |
Otros puntos que no hemos podido comprobar
- Hora extra de 2026, niveles III-IV: el importe impreso es 21,57 € y el cálculo daría 21,58 €. Un céntimo de diferencia, probablemente por un redondeo del documento original. Te lo contamos para que sepas de dónde sale la cifra. Publicamos el importe impreso.
- Plus de convenio de 2025, nivel VIII: el importe anual impreso (315,28 €) no casa con el mensual del mismo documento (26,32 €, que daría 315,84 € al año). Solo afecta a los atrasos de 2025 de ese nivel; el de 2026 (326,12 € / 27,18 €) sí es coherente. No corregimos la cifra oficial.
- Texto completo del convenio provincial 2020-2021 (BOP de 21/09/2020): no lo hemos consultado. El acuerdo de 16/03/2026 dice que el resto de artículos siguen igual, así que asuntos como antigüedad, penosidad, indemnizaciones por muerte o incapacidad, pagas extraordinarias y régimen de horas extra no están verificados aquí. Mira ese boletín.
- Nivel XIII, hora extra: la tabla oficial no trae importe. La casilla está vacía tanto en 2025 como en 2026, así que no podemos darte cifra y tampoco conviene deducirla por regla de tres. Si te afecta, pregúntalo en tu convenio.
- Redondeos de un céntimo en las tablas de 12 pagas: hay casillas donde el mensual impreso no coincide con el anual dividido entre 12. Pasa en el plan de pensiones de 2025, nivel VII (452,51 € anuales, imprime 37,70 €), y en el plus de convenio de 2026, nivel III-IV (373,50 €, imprime 31,12 €). Publicamos lo impreso.
- Festivos de Galicia de 2026: no los hemos contrastado con el DOG. Los 11 días que ves aquí son solo festivos de convenio y se suman a los oficiales. No los tomes como el calendario laboral completo: para eso, consulta el calendario oficial de tu comunidad.
- Publicación en el DOG: el acuerdo dice que también saldrá en el Diario Oficial de Galicia. Nosotros hemos verificado la publicación en el BOPPO nº 76, pero no la del DOG: no hemos localizado esa referencia. Si la necesitas, búscala en el diario oficial.
- No lo confundas con el convenio de materiales de construcción: en Pontevedra hay un convenio distinto para el comercio de materiales de construcción (BOP de 19/02/2024). Esta ficha es la del sector de la construcción, no la de ese otro convenio.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un peón de la construcción en Pontevedra en 2026?
El peón está en el nivel XI-XII, que la tabla oficial agrupa en una sola fila junto al peón especializado. Para 2026 le corresponde un salario base de 1.485,55 € en catorce pagas iguales y un total anual de 22.131,99 €, más el plus extrasalarial de 6,13 € por día y 121,00 € al mes. A eso se suman el plus convenio y la aportación al plan de pensiones, que van aparte en doce pagas.
¿Las tablas de 2026 son definitivas o provisionales?
Definitivas. Se publicaron en el BOPPO nº 76 del 23 de abril de 2026 y recogen la subida del 3% con efectos desde el 1 de enero. Como el boletín salió en abril, procede regularizar los meses de enero a abril con la diferencia respecto a 2025. No queda pendiente ninguna tabla revisada, salvo la cláusula de garantía salarial, que en su caso actuaría desde el 1 de enero de 2027 y sin efectos retroactivos.
¿Cuánto es la dieta completa y la media dieta?
La dieta completa en Pontevedra es de 48,00 € y la media dieta, de 13,50 €. Ambas están fijadas expresamente para 2025 y 2026 en el artículo 29.7. La completa se abona por día natural cuando el desplazamiento te impide dormir en tu residencia habitual; la media, por día efectivo trabajado cuando tienes que comer fuera pero puedes volver a dormir a casa. Si la empresa costea manutención y alojamiento, solo paga el 20% de la completa.
¿Cuándo es la jornada intensiva en Pontevedra?
Del 1 de junio al 31 de agosto, de 7:00 a 15:00. El acuerdo del 16 de marzo de 2026 la amplió a tres meses completos y se aprobó por unanimidad de la mesa negociadora. Si por una causa administrativa justificada hay que retrasar el inicio, en ningún caso será más tarde de las 8:00. Durante ese periodo los quince minutos de parada para el bocadillo cuentan como tiempo efectivo de trabajo.
Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5 · fuente 6 · fuente 7