En la tabla de Ávila el plus salarial (7,12 €/día) y el extrasalarial (5,94 €/día) son los mismos para los once niveles, del titulado superior al peón ordinario.
El calendario del sector para 2026 se ha confeccionado sobre un cómputo anual de 1.736 horas efectivas, con 21 días laborables de vacaciones, o su equivalente en 168 horas. Los festivos van en tres bloques: los nacionales y de Castilla y León, los propios del convenio y unos días de cuadre para llegar a ese total de horas. A eso se suma una regla expresa: cada municipio de la provincia respeta sus dos fiestas locales y, si caen en día no laborable, se trasladan al día laborable anterior o posterior de acuerdo con la empresa. Y una peculiaridad de la tabla abulense que conviene saber antes de leerla: los dos pluses diarios son idénticos para todas las categorías, del titulado superior al peón ordinario.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026.
Índice de contenidos
Jornada anual y calendario del sector en Ávila para 2026
El calendario laboral de la construcción en Ávila lo suscribe F.E.C.O.P.A., la Federación de Empresas de la Construcción y Obras Públicas de Ávila, y se registró a instancia de la Comisión Negociadora a finales de noviembre de 2025, así que salió publicado antes de acabar el año. Es una cuadrícula que marca por color tres tipos de días: festivos nacionales y de Castilla y León, festivos por convenio, y festivos de cuadre para llegar al número total de horas anuales. Esos días de cuadre no son intocables: el propio calendario permite variarlos por necesidades de producción, siempre de acuerdo con la empresa y cumpliendo el cómputo anual. No recoge ninguna cláusula de jornada intensiva ni de horario de verano.
| Concepto | 2026 |
|---|---|
| Jornada anual | 1.736 horas efectivas. Literal de la cláusula: ‘El Calendario se ha confeccionado con arreglo al computo anual de 1.736 horas efectivas’. Vacaciones: 21 días laborables o el equivalente a 168 horas de trabajo. |
| Fiestas propias del sector | El calendario distingue tres categorías por color: (1) ‘Festivos Nacionales y de Castilla y León’, (2) ‘Festivos por Convenio’ y (3) ‘Festivos para cumplimiento de nº total de horas anuales’. Las fechas concretas de cada categoría van codificadas por color en la cuadrícula y NO son extraíbles como texto, por lo que no se transcriben (ver lagunas). Regla expresa sobre fiestas locales: ‘Cada Municipio de la provincia tiene que respetar las dos fiestas locales. En caso de que coincidan en día NO laborable, se pasaran al día anterior o posterior laborable de acuerdo con la empresa’. Cláusula de flexibilidad: ‘En caso de necesidad de producción, los días y horas festivos para cumplimiento de numero total de horas anuales, se deberá variar de acuerdo con la empresa, cumpliendo el número de horas anuales’. El calendario lo suscribe F.E.C.O.P.A. (Federación de Empresas de la Construcción y Obras Públicas de Ávila). |
| Jornada intensiva | NO CONSTA. El calendario publicado en el BOP no contiene ninguna cláusula de jornada intensiva ni de horario de verano. Sus cláusulas se limitan al cómputo anual, las vacaciones, las fiestas locales y la posibilidad de variar días y horas por necesidades de producción de acuerdo con la empresa. |
Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.
Lo que distingue a la tabla de Ávila
La tabla del ANEXO I no va por meses, va por días, y sus dos pluses son planos. El plus salarial de 7,12 €/día y el plus extrasalarial de 5,94 €/día son exactamente los mismos para los once niveles, del II al XII. Toda la diferencia entre categorías viaja en el salario base día y en las pagas extra: un peón ordinario suma los mismos 13,06 € diarios de pluses que un jefe de personal. La consecuencia práctica es que en Ávila manda la columna de cómputo global anual, no el salario base. Esa columna sí decrece de forma ordenada por niveles; el salario base día, no. Dentro del nivel VI, el Oficial Administrativo 1ª tiene más base diaria que el Encargado de Obra y aun así ambos acaban casi igualados en el anual, porque el encargado compensa con pagas extra muy superiores. El mismo cruce se repite en otros niveles. Quien compare solo bases diarias se equivoca de categoría.
Ficha del convenio de construcción de Ávila
El texto aplicable es el Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de Ávila y su Provincia, código 05000045011982. Es un convenio provincial: Castilla y León no tiene convenio autonómico de construcción y cada provincia negocia el suyo bajo la arquitectura del convenio general del sector. Las tablas vigentes se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila número 31, de 16 de febrero de 2026. Que el convenio está vivo en 2026 consta por hechos oficiales: la Comisión Negociadora sigue operativa, firmó acuerdo el 30 de enero de 2026 y registró el calendario laboral del año. Las fechas exactas de inicio y fin de vigencia no las damos porque no hemos podido verificarlas contra el texto articulado.
| Dato | Ávila |
|---|---|
| Convenio aplicable | Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de Ávila y su Provincia |
| Ámbito | Provincial. Ávila no es uniprovincial ni insular: Castilla y León no tiene convenio autonómico de construcción y cada provincia negocia el suyo. Aplica el convenio provincial de Ávila, bajo la arquitectura del VII CGSC (99005585011900). |
| Código de convenio | 05000045011982 |
| Publicado en | Boletín Oficial de la Provincia de Ávila (BOP Ávila), nº 31 (anuncio Número 0286/26), de 16 de febrero de 2026 |
| Estado de las tablas 2026 | Definitivas |
| Subida pactada | NO CONSTA EXPRESAMENTE en el texto publicado en el BOP: la resolución se limita a ordenar la inscripción y publicar los anexos, sin enunciar el porcentaje. Observación aritmética sobre los importes transcritos (no es una cifra del boletín): los 16 importes del Anexo II de 2026 equivalen a los de 2025 incrementados en torno al 3,0% (ratios entre 1,0296 y 1,0301, calculados fila a fila). El Anexo III (plan de pensiones) NO sigue ese 3%: sube en torno al 0,27%. |
| Retroactividad | NO CONSTA cláusula expresa de retroactividad en el texto publicado. Sí es un hecho verificable que el acuerdo se suscribió el 30-01-2026 y publicó simultáneamente las tablas de 2025 y las de 2026, es decir, las de 2025 se aprobaron ya vencido el ejercicio. |
Tablas salariales 2026 de la construcción en Ávila
Son tablas definitivas, firmadas el 30 de enero de 2026. En ese mismo acuerdo se publicaron las de 2025 y las de 2026, es decir, las del ejercicio anterior se aprobaron ya vencido el año. La resolución del BOP se limita a ordenar la inscripción y a reproducir los anexos: no enuncia ningún porcentaje de subida ni incluye cláusula expresa de retroactividad, así que aquí no vas a leer ninguno de esos dos datos. Lo publicado son tres anexos: el I, con salario base día, los dos pluses, pagas extra y cómputo global anual; el II, con el precio de la hora extraordinaria; y el III, con la contribución empresarial al plan de pensiones. Una advertencia sobre el anexo II: en el nivel X, la fila de Ayudante figura por encima de la de Listero y Almacenero, al revés de lo que sugiere el anexo I, y no hemos podido confirmar visualmente el original.
Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.
| Nivel | Categoría profesional | Importes 2026 | Periodicidad |
|---|---|---|---|
| II | T. Superior (ANEXO I – Tabla salarial 2026) | Salario Base Día 74,23 / Plus Salarial Día 7,12 / Plus Extrasalarial Día 5,94 / Pagas Extra y Vacaciones 3.177,45 / Cómputo Global Anual 37.248,05 | salario base y pluses por día; pagas y cómputo global, anuales |
| III | T. Medio | Salario Base Día 55,61 / Plus Salarial Día 7,12 / Plus Extrasalarial Día 5,94 / Pagas Extra y Vacaciones 2.556,87 / Cómputo Global Anual 29.148,79 | día / anual |
| IV | Jefe de Personal | Salario Base Día 52,34 / 7,12 / 5,94 / Pagas 2.363,09 / Cómputo Global Anual 27.470,40 | día / anual |
| V | E. General (Encargado General) | Salario Base Día 46,92 / 7,12 / 5,94 / Pagas 2.072,03 / Cómputo Global Anual 24.783,18 | día / anual |
| VI | E. Obra (Encargado de Obra) | Salario Base Día 40,29 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.970,01 / Cómputo Global Anual 22.255,59 | día / anual |
| VI | O.Adm. 1ª (Oficial Administrativo 1ª) | Salario Base Día 42,96 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.673,65 / Cómputo Global Anual 22.259,84 | día / anual |
| VII | Capataz | Salario Base Día 41,06 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.776,29 / Cómputo Global Anual 21.933,04 | día / anual |
| VIII | O.Ad. 2ª (Oficial Administrativo 2ª) | Salario Base Día 41,62 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.604,84 / Cómputo Global Anual 21.606,77 | día / anual |
| VIII | O.1ªOficio (Oficial 1ª de Oficio) | Salario Base Día 40,67 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.711,80 / Cómputo Global Anual 21.606,36 | día / anual |
| VIII | Gruista | Salario Base Día 40,67 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.711,80 / Cómputo Global Anual 21.606,36 | día / anual |
| IX | Aux. Admin. (Auxiliar Administrativo) | Salario Base Día 41,29 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.535,84 / Cómputo Global Anual 21.286,13 | día / anual |
| IX | O.2ª Ofici. (Oficial 2ª de Oficio) | Salario Base Día 40,31 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.644,34 / Cómputo Global Anual 21.286,44 | día / anual |
| X | Listero | Salario Base Día 41,07 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.456,59 / Cómputo Global Anual 20.977,86 | día / anual |
| X | Almacenero | Salario Base Día 41,07 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.456,59 / Cómputo Global Anual 20.977,86 | día / anual |
| X | Ayudante | Salario Base Día 40,63 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.505,14 / Cómputo Global Anual 20.974,62 | día / anual |
| XI | P.Especial. (Peón Especializado) | Salario Base Día 40,14 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.456,07 / Cómputo Global Anual 20.662,83 | día / anual |
| XII | P. Ordinario (Peón Ordinario) | Salario Base Día 39,31 / 7,12 / 5,94 / Pagas 1.447,94 / Cómputo Global Anual 20.360,27 | día / anual |
| II | Titulado superior — ANEXO II: PRECIO HORAS EXTRAORDINARIAS AÑO 2026 | 23,37 | por hora |
| III | Titulado medio (hora extra 2026) | 23,30 | por hora |
| IV | Jefe de personal (hora extra 2026) | 21,34 | por hora |
| V | Encargado General (hora extra 2026) | 19,19 | por hora |
| VI | Encargado de Obra (hora extra 2026) | 19,00 | por hora |
| VI | Oficial Admin. 1ª (hora extra 2026) | 15,24 | por hora |
| VII | Capataz (hora extra 2026) | 15,41 | por hora |
| VIII | Oficial Admin. 2ª (hora extra 2026) | 14,58 | por hora |
| VIII | Oficial 1ª de Oficio (hora extra 2026) | 14,85 | por hora |
| VIII | Gruista (hora extra 2026) | 14,85 | por hora |
| IX | Aux. Admin. (hora extra 2026) | 14,14 | por hora |
| IX | Oficial 2ª de Oficio (hora extra 2026) | 14,42 | por hora |
| X | Listero y Almacenero (hora extra 2026) — VER CAVEAT EN LAGUNAS | 13,55 | por hora |
| X | Ayudante (hora extra 2026) — VER CAVEAT EN LAGUNAS | 13,84 | por hora |
| XI | Peón Especializado (hora extra 2026) | 13,83 | por hora |
| XII | Peón Ordinario (hora extra 2026) | 13,40 | por hora |
| II | T. Superior — ANEXO III: CONTRIBUCIÓN EMPRESARIAL PLAN DE PENSIONES ANUALIDAD 2026 | mensual 33,97 / anual 407,59 | mensual y anual |
| III | T. Medio (plan de pensiones 2026) | mensual 26,58 / anual 318,96 | mensual y anual |
| IV | Jefe de Personal (plan de pensiones 2026) | mensual 25,05 / anual 300,59 | mensual y anual |
| V | E. General (plan de pensiones 2026) | mensual 22,60 / anual 271,19 | mensual y anual |
| VI | E. Obra (plan de pensiones 2026) | mensual 20,29 / anual 243,54 | mensual y anual |
| VI | O.Adm. 1ª (plan de pensiones 2026) | mensual 20,30 / anual 243,58 | mensual y anual |
| VII | Capataz (plan de pensiones 2026) | mensual 20,00 / anual 240,01 | mensual y anual |
| VIII | O.Ad. 2ª (plan de pensiones 2026) | mensual 19,70 / anual 236,44 | mensual y anual |
| VIII | O.1ªOficio (plan de pensiones 2026) | mensual 19,70 / anual 236,44 | mensual y anual |
| VIII | Gruista (plan de pensiones 2026) | mensual 19,70 / anual 236,44 | mensual y anual |
| IX | Aux. Admin. (plan de pensiones 2026) | mensual 19,41 / anual 232,93 | mensual y anual |
| IX | O.2ª Ofici. (plan de pensiones 2026) | mensual 19,41 / anual 232,93 | mensual y anual |
| X | Listero (plan de pensiones 2026) | mensual 19,13 / anual 229,55 | mensual y anual |
| X | Almacenero (plan de pensiones 2026) | mensual 19,13 / anual 229,55 | mensual y anual |
| X | Ayudante (plan de pensiones 2026) | mensual 19,13 / anual 229,51 | mensual y anual |
| XI | P.Especial. (plan de pensiones 2026) | mensual 18,85 / anual 226,11 | mensual y anual |
| XII | P. Ordinario (plan de pensiones 2026) | mensual 18,56 / anual 222,79 | mensual y anual |
Dietas, media dieta y kilometraje
Ávila no manda las dietas a un anexo aparte: las publica al pie de la propia tabla salarial del ANEXO I de cada año, junto al kilometraje. Ahí tienes la dieta completa, la media dieta y el precio por kilómetro, en el mismo bloque y con su importe para 2026 y para 2025. Ojo con el plus extrasalarial diario de la tabla: es el único concepto extrasalarial que aparece y es el mismo para todas las categorías, pero el boletín no detalla qué gastos absorbe. No hemos verificado contra el articulado si cubre distancia, transporte, herramienta o ropa de trabajo, así que no lo des por incluido sin comprobarlo.
| Concepto | Importe 2026 |
|---|---|
| Dieta completa | 38,50 € (2026). Figura al pie del ANEXO I de 2026. Para 2025: 37,50 €. |
| Media dieta | 15,00 € (2026). Para 2025: 14,50 €. |
| Plus de distancia / transporte | El convenio de Ávila NO publica un plus de distancia o transporte con importe propio en las tablas. Lo que figura en el ANEXO I es un ‘Plus Extrasalarial Día’ de 5,94 € idéntico para los once niveles (II a XII), que es el concepto extrasalarial único de la tabla. Además se publica un Kilometraje de 0,26 €/km para 2026 (0,24 €/km en 2025). NO se ha verificado contra el articulado qué gastos concretos absorbe el plus extrasalarial, por lo que no debe afirmarse que incluya distancia, transporte, herramienta o ropa de trabajo. |
Los importes de dietas y kilometraje se publican al pie de la tabla salarial del ANEXO I de cada año, no en un anexo separado. Las tres cifras de 2025 (37,50 / 14,50 / 0,24) son el único dato de 2025 que se pudo extraer como texto de la página del BOP: el resto de la tabla salarial de 2025 va incrustado como imagen y no es transcribible (ver lagunas).
Qué fija el convenio estatal y qué fija el de Ávila
El reparto es sencillo y conviene tenerlo claro antes de discutir una nómina. El VII Convenio General del Sector de la Construcción pone el armazón común a toda España: la clasificación profesional por niveles —esos números romanos del II al XII que ves en la tabla abulense—, la formación obligatoria, las obligaciones en seguridad y salud y el marco de la Tarjeta Profesional de la Construcción. Tienes el detalle en el marco estatal del sector. El convenio provincial de Ávila no repite nada de eso: pone el dinero y el tiempo. Suyas son las tablas salariales, la dieta, la media dieta, el kilometraje, el precio de la hora extra, la contribución al plan de pensiones y el calendario con sus 1.736 horas. Si buscas a qué nivel pertenece una categoría, mira al estatal; si buscas cuánto se cobra en esa categoría en Ávila, mira al provincial.
El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.
Lo que a día de hoy no está publicado
Preferimos decirte lo que no tenemos antes que rellenarlo con datos de otro sitio. En Ávila hay tres huecos que importan. La tabla salarial de 2025 va incrustada como imagen en el BOP y no es transcribible, así que de ese año solo publicamos lo que sí es texto. Las fechas concretas de los festivos por convenio y de los días de cuadre tampoco las tenemos: en el calendario van marcadas por color sobre la cuadrícula, y el color no se extrae. Y no damos fechas de vigencia porque no hemos podido descargar el texto articulado de fuente oficial ni sindical. Esta es la lista completa:
- Tabla salarial de 2025: no la publicamos. En el BOP nº 31 (16-02-2026) esa tabla va como imagen en la página 8 y no se puede leer; solo quedan legibles las dietas (completa 37,50, media 14,50, kilometraje 0.24). Sí tenemos enteros el Anexo II de horas extra y el Anexo III del plan de pensiones de 2025.
- Comparación con el año anterior: al faltarnos la tabla de 2025, no hemos podido contrastar la tabla salarial de 2026 con la del año previo. Nos apoyamos solo en su estructura interna. Si necesitas esa comparación, consulta el boletín o pregunta en tu convenio.
- Dos filas de horas extra: en el nivel X, Listero y Almacenero figura con 13,55 €/h y Ayudante con 13,84 €/h en 2026 (13,16 y 13,44 en 2025). El Ayudante cobraría más pese a tener menor salario base día (40,63 frente a 41,07). No hemos podido confirmarlo en el boletín: tómalas con reservas.
- Porcentaje de subida pactado: no consta en el texto publicado. El 3,0% es un cálculo nuestro a partir de los importes del Anexo II, no una cifra transcrita del boletín. No lo des por oficial ni lo uses para reclamar.
- Retroactividad a 1 de enero: no aparece en el texto publicado. No des por hecho que hay atrasos desde esa fecha; mientras no lo veas en el boletín, nosotros no podemos confirmarlo.
- Vigencia del convenio: no tenemos fechas de inicio ni de fin. No hemos conseguido el texto articulado por vía oficial ni sindical, porque las webs donde debería estar no responden. Hasta que aparezca en el boletín, no publicamos fechas de vigencia.
- Festivos del sector en 2026: el calendario del BOP marca los días por colores y esos colores no se pueden leer, así que no te damos fechas concretas de festivos de convenio ni de días de cuadre. Sí son firmes el cómputo anual (1.736 horas) y las vacaciones (21 días laborables, 168 horas).
- Jornada intensiva de verano: el calendario del sector en Ávila no recoge ninguna. No hay cláusula que la ligue a la feria ni a una fiesta local, así que no podemos darte fechas ni horarios.
- Plus extrasalarial de 5,94 €/día: no hemos podido comprobar en el articulado qué gastos cubre (distancia, transporte, herramienta, ropa). Pregunta en tu empresa o en tu convenio antes de dar por hecho que incluye alguno de ellos.
- Cuidado con un boletín confundido: el BOP nº 53 de 18-03-2026, anuncio 0587/26, encabeza con el código de construcción 05000045011982, pero sus tablas son las del metal de Ávila (código 05000135011982). Es una errata: no uses esos importes (Oficial 1ª Oficio 53,90) ni el calendario del anuncio 0285/26 del BOP nº 31.
Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra un peón de la construcción en Ávila en 2026?
El peón ordinario, nivel XII, tiene en la tabla de 2026 un salario base de 39,31 € al día, más el plus salarial de 7,12 € y el plus extrasalarial de 5,94 €, que son los mismos que cobra cualquier otra categoría del convenio abulense. El propio ANEXO I cierra esa fila con un cómputo global anual de 20.360,27 €, que es la cifra que conviene usar para contrastar la nómina sin tener que recomponer conceptos uno a uno.
¿Cuánto es la dieta completa y la media dieta?
En 2026, la dieta completa es de 38,50 € y la media dieta, de 15,00 €. Ávila las publica al pie de la tabla salarial del ANEXO I, junto a un kilometraje de 0,26 € por kilómetro, en lugar de dejarlas en un anexo aparte. Para 2025 los importes eran 37,50 €, 14,50 € y 0,24 €/km. El convenio no detalla qué gastos absorbe el plus extrasalarial diario, así que ese concepto no cuenta como dieta.
¿Dónde está publicado el convenio de Ávila?
En el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila número 31, de 16 de febrero de 2026, anuncio 0286/26, que recoge las tablas de 2025 y de 2026. El código del convenio es 05000045011982. El calendario laboral del sector va aparte, en el BOP de 18 de diciembre de 2025. Y cuidado con el BOP nº 53, de 18 de marzo de 2026: cita ese mismo código en el encabezamiento por error, pero su contenido son las tablas del metal.
¿El salario de tabla es bruto o neto?
Bruto. Todos los importes del convenio de Ávila son cantidades antes de la retención de IRPF y de la cotización a cargo del trabajador, incluida la columna de cómputo global anual que cierra cada fila del ANEXO I. La tabla distingue además el plus salarial diario del extrasalarial, que tienen naturaleza distinta. Lo que acabas cobrando en mano depende de tu situación personal y de los días efectivamente trabajados.
Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5