Convenio colectivo de la construcción en Asturias 2026

Calendario 2026 del sector de la construcción en Asturias: diez festivos sectoriales repartidos por todo el año y ninguna jornada intensiva de verano.

La jornada del sector para 2026 queda en 1.736 horas anuales, y aquí se ajusta sin jornada intensiva de verano: el acta de la Comisión Mixta reparte diez días no laborables del sector a lo largo de todo el año, abonables y no recuperables. Cuatro de ellos caen dentro de las dos semanas de fin de año. En esta página tienes el calendario completo, las tablas de 2026 (definitivas, con subida del 3,00 %) y las dietas, con la referencia del boletín de cada dato.

Datos comprobados el 19 de julio de 2026.

Calendario laboral 2026 y jornada anual

El acta de la Comisión Mixta de Interpretación de 27 de noviembre de 2025 fija la jornada de 2026 en 1.736 horas anuales, y ese mismo número es el que usan las tablas salariales para calcular los importes. A partir de ahí, el calendario se construye por acumulación: todos los domingos, todos los sábados, las festividades de carácter nacional, las dos fiestas locales de cada municipio y diez días propios del sector, abonables y no recuperables. Hay una regla de ajuste que conviene tener presente en obra: si en un concejo la fiesta local coincide con alguno de esos diez días del sector, se traslada al día siguiente laborable, para que la jornada anual siga cuadrando. Las fiestas locales concejo a concejo no las reproducimos aquí; el motivo está explicado más abajo.

Concepto2026
Jornada anual1.736 horas anuales. Literal del acta: «Se acuerda la jornada laboral para el año 2026, fijando la jornada laboral en 1.736 horas anuales». Las tres tablas salariales llevan la coletilla «CALCULO EN FUNCION DE LOS HORAS DE CONVENIO (1.736 horas)», y la de 2026 «Año: 365 días».
Fiestas propias del sectorDías no laborables, ABONABLES Y NO RECUPERABLES para 2026, según acta de la Comisión Mixta de Interpretación de 27-11-2025 (BOPA nº 245 de 22-12-2025): 1º Todos los domingos del año. 2º Todos los sábados del año. 3º Las festividades de carácter nacional. 4º Las dos fiestas locales fijadas para cada Municipio. 5º Los siguientes días determinados para el Sector (10 días): • 2 de enero • 5 de enero • 16 de febrero • 6 de abril • 25 de mayo • 17 de julio • 7 de septiembre • 13 de octubre • 24 de diciembre • 31 de diciembre Cláusula de traslado (literal): «Con el objeto de dar cumplimiento a la jornada anual en aquellos Municipios donde la fiesta local coincida con alguna de las estipuladas anteriormente, esta será trasladada al día siguiente laborable».
Jornada intensivaNO CONSTA. Ni el acta de la Comisión Mixta de 27-11-2025 ni el calendario publicado por la FLC establecen jornada intensiva de verano ni fechas de la misma. No se publica jornada intensiva para Asturias 2026 (ver lagunas).

Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.

La particularidad de Asturias: diez festivos del sector, sin jornada intensiva

Muchos convenios provinciales de construcción cuadran la jornada anual con un bloque de jornada continuada en julio y agosto. Asturias no. Aquí el ajuste se reparte en diez días no laborables del sector, abonables y no recuperables, colocados a lo largo de todo el año: ni el acta de la Comisión Mixta ni el calendario de la FLC establecen jornada intensiva ni fechas para ella. Constan en el acta de la Comisión Mixta de Interpretación reunida en Oviedo el 27 de noviembre de 2025 (BOPA nº 245 de 22 de diciembre de 2025). Cuatro caen en los puentes de Navidad y Año Nuevo, así que el sector encadena de hecho las dos últimas semanas del ejercicio; otros se apoyan en fechas del calendario asturiano, como el lunes previo al Martes de Antroxu o el Lunes de Pascua. En el PDF de la FLC llevan leyenda de color propia. Si planificas obra aquí, cambia la forma de organizar el año: no cuentes con recortar tardes en verano, sino con parones cortos de enero a diciembre. El acta declara además no laborables «todos los sábados del año», en el mismo punto de la lista que los domingos.

Ficha del convenio

El texto se llama Convenio Colectivo de Trabajo Provincial para la Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias, pero conviene no dejarse llevar por el nombre: Asturias es comunidad uniprovincial y el ámbito de aplicación registrado es autonómico, todo el Principado. Su código de convenio es 33000295011979. Lo que está en vigor para 2026 —tablas salariales y calendario— se publicó en el BOPA nº 245 de 22 de diciembre de 2025, con efectos desde el 1 de enero. Los datos de esta página salen de ahí y del calendario difundido por la FLC. Sobre la vigencia del texto articulado del convenio provincial hay una reserva que explicamos en el apartado de lagunas.

DatoAsturias
Convenio aplicableConvenio Colectivo de Trabajo Provincial para la Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias
ÁmbitoAutonómico (Principado de Asturias, comunidad uniprovincial). El convenio se denomina a sí mismo «Convenio Colectivo de Trabajo Provincial», pero su ámbito de aplicación es todo el Principado y así consta registrado (Área: Asturias, ámbito autonómico).
Código de convenio33000295011979 (expediente de las tablas 2025-2026: C-037/2025; el acta del calendario 2026 cita expediente C-037/2013 con el mismo código)
Publicado enBOPA — Boletín Oficial del Principado de Asturias, nº 245, de 22 de diciembre de 2025 (22-xii-2025)
Estado de las tablas 2026Definitivas
Subida pactada3,00 % sobre la tabla definitiva de 2025, más 0,25 % de incremento de la contribución al Plan de Pensiones. Literal del anexo de 2026: «Subida 3,00% mas 0,25% plan pensiones» / «SOBRE TABLA DEFINITIVA AÑO 2025». Literal del acta: «LAS TABLAS DEL AÑO 2026 SE TOMARÁN LAS TABLAS SALARIALES PROVINCIALES DE 2025 Y SE INCREMENTARÁ UN 3,0 POR CIENTO, LA CONTRIBUCIÓN AL PLAN DE PENSIONES PARA EL AÑO 2026 SE OBTENDRÁ DE AÑADIR A LA CONTRIBUCIÓN DEL AÑO 2025 UN 0,25 POR CIENTO SOBRE LOS CONCEPTOS SALARIALES DE 2025». Encadenamiento previo: la tabla de 2025 salió de incrementar un 3,50 % la tabla de 2024 ya revisada.
RetroactividadNO PROCEDE RETROACTIVIDAD EN 2026: las tablas se publicaron por anticipado, en el BOPA de 22 de diciembre de 2025, con vigencia desde el 1 de enero de 2026, de modo que rigen desde el primer día del ejercicio sin atrasos que liquidar. Contexto verificado: la cláusula de garantía salarial de los años 2022, 2023 y 2025 (art. 55.4 del VII CGSC, activada porque la suma de las tasas anuales del IPC de diciembre de 2022, 2023 y 2024 se situó en el 11,6 %) elevó las tablas de 2024 un 0,40 % «con EFECTOS AL 1 DE ENERO DE 2025 en un 0,40 por ciento SIN EFECTOS RETROACTIVO», convirtiéndose en base de partida para 2025. Igual tratamiento, y con la misma mención expresa de ausencia de efectos retroactivos, para la contribución al plan de pensiones de 2024.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026 en BOPA — Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Tablas salariales 2026

Las tablas de 2026 son definitivas, no provisionales. Se obtienen aplicando un 3,00 % sobre la tabla definitiva de 2025, más un 0,25 % adicional de incremento de la contribución al plan de pensiones sobre los conceptos salariales de 2025; así lo recogen el propio anexo y el acta que lo aprueba. No hay atrasos que liquidar este año: al publicarse en el BOPA del 22 de diciembre de 2025 con vigencia desde el 1 de enero de 2026, rigen desde el primer día del ejercicio. La tabla va por niveles, del II al XIII, sin nombres de categoría; la equivalencia entre nivel y puesto la fija la clasificación profesional del convenio general del sector. Un detalle propio de Asturias: el Plus de Asistencia es el mismo importe para los doce niveles, del II al XIII.

Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.

NivelCategoría profesionalImportes 2026Periodicidad
IINivel II — Retri. Anual37.134,07 €anual
IIINivel III — Retri. Anual31.080,52 €anual
IVNivel IV — Retri. Anual30.345,82 €anual
VNivel V — Retri. Anual29.103,82 €anual
VINivel VI — Retri. Anual27.759,42 €anual
VIINivel VII — Retri. Anual27.192,16 €anual
VIIINivel VIII — Retri. Anual26.497,48 €anual
IXNivel IX — Retri. Anual25.494,79 €anual
XNivel X — Retri. Anual24.911,27 €anual
XINivel XI — Retri. Anual24.551,51 €anual
XIINivel XII — Retri. Anual24.279,41 €anual
XIIINivel XIII — Retri. Anual18.812,28 €anual
IINivel II — S. Base72,82 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
IIINivel III — S. Base59,67 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
IVNivel IV — S. Base58,04 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
VNivel V — S. Base55,37 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
VINivel VI — S. Base52,34 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
VIINivel VII — S. Base51,37 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
VIIINivel VIII — S. Base49,77 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
IXNivel IX — S. Base47,52 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
XNivel X — S. Base46,05 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
XINivel XI — S. Base45,36 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
XIINivel XII — S. Base44,85 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
XIIINivel XIII — S. Base33,56 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
II a XIIIPlus de Asistencia (P. Asis) — idéntico para los doce niveles9,79 €no rotulada en el anexo (ver lagunas)
Tabla salarial Asturias 2026 — 25 categorías, transcritas del boletín oficial.

Dietas, kilometraje y pluses extrasalariales

Para 2026 la dieta completa queda en 45,44 € y la media dieta en 13,06 € (el anexo la rotula literalmente «1/2 Dieta»). El desplazamiento en vehículo propio se compensa por kilometraje, a 0,4270 €/km, y existe además un Plus Mixto Extrasalarial de 3,15 €. Un aviso útil si vienes de otra provincia: el convenio de Asturias no rotula ningún concepto como «plus de distancia» ni como «plus de transporte» en el anexo de tablas. Lo que hay es kilometraje y Plus Mixto Extrasalarial. Si estás revisando una nómina o preparando un presupuesto, busca esos dos nombres y no los de otros convenios, porque aquí no vas a encontrarlos.

ConceptoImporte 2026
Dieta completa45,44 € (tabla 2026). Serie verificada: 42,63 € (2024 revisada) → 44,12 € (2025) → 45,44 € (2026)
Media dieta13,06 € (tabla 2026; rotulada literalmente «1/2 Dieta»). Serie: 12,25 € (2024 revisada) → 12,68 € (2025) → 13,06 € (2026)
Plus de distancia / transporteKilometraje: 0,4270 €/km (tabla 2026; rótulo literal «Kilometraje Euros/km.»). Serie: 0,4006 (2024 revisada) → 0,4146 (2025) → 0,4270 (2026). NOTA: el convenio de Asturias NO rotula ningún concepto como «plus de distancia» ni «plus de transporte» en el anexo de tablas; lo que figura es kilometraje y el Plus Mixto Extrasalarial.

Plus Mixto Extrasalarial 2026: 3,15 € (serie 2,96 → 3,06 → 3,15). Los cuatro conceptos extrasalariales se actualizan con el mismo 3,00 % que las tablas: comprobado al céntimo en los tres conceptos y en las dos transiciones (2024→2025 al 3,50 % y 2025→2026 al 3,00 %). El Plus de Asistencia (P. Asis), que sí es salarial, es 9,79 € y es IDÉNTICO para los doce niveles (II a XIII).

Qué fija el convenio estatal y qué fija el de Asturias

El reparto es sencillo una vez lo tienes claro. El convenio general del sector —el VII Convenio General del Sector de la Construcción, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026— es el que fija la clasificación profesional por niveles, la formación, la seguridad y salud y el marco de la tarjeta profesional de la construcción. Es la parte común a toda España. El convenio de Asturias fija lo que el marco estatal reserva al ámbito provincial: las tablas salariales, las dietas y conceptos extrasalariales y el calendario laboral, incluidos esos diez festivos del sector y la jornada de 1.736 horas. Por eso, para saber en qué nivel encaja un oficial de primera miras el convenio general, y para saber cuánto cobra ese nivel en 2026 miras la tabla asturiana. Aquí, además, las actualizaciones anuales las aprueba la Comisión Mixta de Interpretación.

El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.

Lo que a día de hoy no está publicado

Preferimos decirte qué no podemos darte antes que rellenarlo a ojo. Para Asturias no consta jornada intensiva de verano en ninguna fuente oficial, así que no la publicamos. Tampoco publicamos los importes del plan de pensiones por nivel: en el PDF aparecen desplazados respecto a la columna de niveles y no es posible acreditar qué importe corresponde a cada uno. Lo mismo ocurre con las fiestas locales de los concejos, que salen del PDF con las columnas colapsadas y las fechas desalineadas. A esto se suman la periodicidad no rotulada de algunas columnas del anexo, las pagas de vacaciones, verano y Navidad, pendientes de una segunda verificación, y la vigencia del texto articulado, que solo tenemos por fuente sindical secundaria. El detalle completo, aquí debajo.

  • Jornada intensiva de verano: el convenio no la fija. El acta de la Comisión Mixta de 27-11-2025 regula la jornada anual de 1.736 horas y los días no laborables, pero no menciona la intensiva en ningún punto. Por eso no podemos darte fechas de verano para Asturias.
  • Salario base y plus de asistencia: las tablas no dicen si esos importes son diarios o mensuales. El anexo solo indica «Año: 365 días» y que el cálculo va en función de las 1.736 horas de convenio. Los recogemos sin etiquetar periodicidad. La única columna clara en ese punto es «Retri. Anual».
  • Plan de pensiones: no publicamos la aportación que corresponde a cada nivel. En el PDF, esos importes están impresos desplazados respecto a la columna de niveles, y el desplazamiento cambia en las tablas de 2024, 2025 y 2026. No podemos asegurar qué cantidad va con qué nivel, así que pregúntalo en tu empresa.
  • Vacaciones, paga de verano y paga de Navidad: el anexo trae para cada nivel un importe por día y otro por periodo en las tres pagas. Los tenemos leídos, pero no los damos nivel a nivel en esta ficha: antes hay que volver a comprobar que cada cifra está en la fila que le toca.
  • Fiestas locales de cada concejo: no publicamos ninguna. El cuadro del calendario de la Fundación Laboral recoge los 78 concejos, pero sale con las columnas encajadas unas sobre otras y las fechas descolocadas respecto al municipio, hasta dar combinaciones imposibles. Consulta el calendario laboral de tu ayuntamiento.
  • Vigencia del texto del convenio: no la hemos podido verificar. La referencia de que sigue vigente el convenio publicado en el BOPA nº 190, de 16-VIII-2013, con vigencia de 01-01-2013 a 31-12-2016, procede de una fuente sindical, no del boletín original. Tómala como indicio, no como dato firme.
  • Novedades publicadas en 2026: no nos consta ninguna publicación en el BOPA posterior al nº 245, de 22-12-2025, que afecte a este convenio. Pero el buscador oficial del boletín falló en todos los intentos y la búsqueda no pudo hacerse contra el índice oficial. Conviene volver a comprobarlo.
  • Retribución anual: publicamos el importe tal y como aparece en la tabla de 2026. No lo saques multiplicando el de 2025 por la subida: el anual es la suma de componentes redondeados uno a uno y el número de días del año no es el mismo, así que aparecen diferencias de céntimos.

Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la antigüedad?

El anexo de tablas de Asturias para 2026 no contiene ningún concepto de antigüedad: las columnas publicadas son salario base, Plus de Asistencia, retribución anual, las pagas y los conceptos extrasalariales. Dicho de otro modo, la tabla asturiana no fija un complemento propio de antigüedad, y lo que se aplica es el régimen del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Si tu nómina lleva un concepto por antigüedad, contrástalo con el convenio general o con el pacto de empresa, no con esta tabla.

¿Cuánto cobra un peón de la construcción en Asturias en 2026?

La tabla asturiana no nombra las categorías: va por niveles, del II al XIII, y la equivalencia entre «peón» y nivel la fija la clasificación profesional del convenio general del sector. Como referencia de la parte baja de la tabla de 2026, el nivel XII tiene una retribución anual de 24.279,41 € y el nivel XIII de 18.812,28 €. Localiza primero tu nivel en el convenio general y después lee su fila completa en la tabla de esta página.

¿Las tablas de 2026 son definitivas o provisionales?

Son definitivas. Se publicaron por anticipado en el BOPA nº 245 de 22 de diciembre de 2025, con vigencia desde el 1 de enero de 2026, de modo que rigen desde el primer día del año y no hay atrasos que liquidar. Salen de aplicar un 3,00 % sobre la tabla definitiva de 2025, más un 0,25 % de incremento de la contribución al plan de pensiones. Solo cambiarían si el BOPA publicase algo nuevo sobre este convenio.

¿Cuánto es la dieta completa y la media dieta?

En 2026 la dieta completa en Asturias es de 45,44 € y la media dieta de 13,06 €, rotulada en el anexo como «1/2 Dieta». El kilometraje se abona a 0,4270 €/km y hay además un Plus Mixto Extrasalarial de 3,15 €. Ten en cuenta que este convenio no usa las etiquetas «plus de distancia» ni «plus de transporte»: si las buscas en el anexo asturiano, no aparecen con ese nombre.

Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5 · fuente 6 · fuente 7 · fuente 8

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